En este portal utilizamos datos de navegación / cookies propias y de terceros para gestionar el portal, elaborar información estadística, optimizar la funcionalidad del sitio y mostrar publicidad relacionada con sus preferencias a través del análisis de la navegación. Si continúa navegando, usted estará aceptando esta utilización. Puede conocer cómo deshabilitarlas u obtener más información aquí

CLUB VIVAMOS
Suscríbete
Disfruta de los beneficios de El Tiempo
SUSCRÍBETE CLUB VIVAMOS

¡Hola !, Tu correo ha sido verficado. Ahora puedes elegir los Boletines que quieras recibir con la mejor información.

Bienvenido , has creado tu cuenta en EL TIEMPO. Conoce y personaliza tu perfil.

Hola Clementine el correo [email protected] no ha sido verificado. Verificar Correo

icon_alerta_verificacion

El correo electrónico de verificación se enviará a

Revisa tu bandeja de entrada y si no, en tu carpeta de correo no deseado.

SI, ENVIAR

Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí. Iniciar sesión

Hola, bienvenido

¿Cual es la ciudad colombiana clasificada como la más peligrosa del mundo?
¿Cómo va el juicio al expresidente Álvaro Uribe?
¿Accidente de bus en Calarcá?
Frío inusual en Bogotá explicado por el Ideam

Explicativo

¿Quién debe pagar el arreglo de techos y terrazas en una propiedad horizontal? Lo que establece la ley colombiana

La respuesta está definida por la legislación, particularmente por la Ley 675 de 2001 y la Ley 182 de 1948.

Bogotá

La respuesta está definida por la legislación colombiana. Foto: iStock.

Alt thumbnail

PERIODISTAActualizado:

00:00
00:00

Comentar

Whatsapp iconFacebook iconX iconlinkeIn iconTelegram iconThreads iconemail iconiconicon
La vida en una propiedad horizontal plantea múltiples interrogantes en torno a la responsabilidad sobre las zonas comunes, especialmente en casos de mantenimiento y reparación.
Una de las dudas más frecuentes entre residentes y es de conjuntos residenciales es: ¿quién debe asumir los costos por arreglos en techos y terrazas?
La respuesta está definida por la legislación colombiana, particularmente por la Ley 675 de 2001 y la Ley 182 de 1948.

Su mantenimiento no recae exclusivamente en ese propietario. Foto:Cortesía del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural

Bienes comunes y de uso exclusivo: distinción clave

La Ley 675 de 2001, en sus artículos 3 y 22, establece que los techos y cubiertas, al igual que las fachadas, cimientos, escaleras y redes generales de servicios públicos, hacen parte de los bienes comunes necesarios para el funcionamiento, seguridad y conservación del edificio o conjunto.
El artículo 22 añade que ciertos espacios como terrazas, cubiertas y patios interiores, si bien pueden ser de uso exclusivo por parte de algunos propietarios, siguen teniendo la condición de bienes comunes. 
Esto significa que aunque su uso esté asignado a una sola unidad privada, su mantenimiento no recae exclusivamente en ese propietario.

Responsabilidad en el pago de reparaciones

De acuerdo con la Ley 182 de 1948, en su publicación del 26 de mayo de 2025, los techos y cubiertas se consideran bienes de propiedad común. 
Por tanto, los costos asociados a su reparación y conservación deben ser cubiertos colectivamente por todos los copropietarios, en proporción al coeficiente que cada unidad tenga asignado en el reglamento de propiedad horizontal.
Las áreas comunes típicamente incluyen:
  • Pasillos
  • Escaleras
  • Entradas
  • Recepción o lobby
  • Jardines
  • Piscinas
  • Canchas deportivas
  • Salones sociales
  • Estacionamientos

El conocimiento y cumplimiento de estas disposiciones es fundamental. Foto:Cortesía del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural

Adicionalmente, hay zonas comunes de uso exclusivo, como terrazas, balcones y patios interiores. Aunque el uso de estas áreas está restringido a ciertos propietarios, la responsabilidad por su mantenimiento sigue siendo compartida.
El conocimiento y cumplimiento de estas disposiciones es fundamental para evitar conflictos entre vecinos y con la istración del conjunto. 
**Este contenido fue escrito con la asistencia de una inteligencia artificial, basado en información de conocimiento público divulgado a medios de comunicación. Además, contó con la revisión de la periodista y una editora.
JOS GUERRERO
EQUIPO ALCANCE DIGITAL

Más noticias

Sigue toda la información de Justicia en Facebook y X, o en nuestra newsletter semanal.

00:00
00:00

Comentar

Whatsapp iconFacebook iconX iconlinkeIn iconTelegram iconThreads iconemail iconiconicon

Conforme a los criterios de

Logo Trust Project
Saber más
Sugerencias
Alt thumbnail

BOLETINES EL TIEMPO

Regístrate en nuestros boletines y recibe noticias en tu correo según tus intereses. Mantente informado con lo que realmente te importa.

Alt thumbnail

EL TIEMPO GOOGLE NEWS

Síguenos en GOOGLE NEWS. Mantente siempre actualizado con las últimas noticias coberturas historias y análisis directamente en Google News.

Alt thumbnail

EL TIEMPO WHATSAPP

Únete al canal de El Tiempo en WhatsApp para estar al día con las noticias más relevantes al momento.

Alt thumbnail

EL TIEMPO APP

Mantente informado con la app de EL TIEMPO. Recibe las últimas noticias coberturas historias y análisis directamente en tu dispositivo.

Alt thumbnail

SUSCRÍBETE AL DIGITAL

Información confiable para ti. Suscríbete a EL TIEMPO y consulta de forma ilimitada nuestros contenidos periodísticos.

Mis portales