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Noticia
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El detrás de cámaras del lío de la Corte Constitucional por concepto de hacer la consulta popular por decreto
Corte se desligó de la respuesta de una funcionaria, señalando que se extralimitó al emitir una opinión no oficial.
El detrás de cámaras del lío de la Corte Constitucional por concepto de hacer la consulta popular Foto: Archivo Particular
Una respuesta de la Relatoría de la Corte Constitucional a la representante Katherine Miranda generó polémica al ser vista como un concepto oficial que limitaría al presidente Gustavo Petro convocar una consulta popular y que llevó hasta el mismo presidente del alto tribunal, Jorge Enrique Ibáñez, a apersonarse del caso.
A las 6 de la tarde de este martes, cuando estaba en discusión la reforma laboral en la Comisión Cuarta del Senado, la representante Miranda publicó en su cuenta de 'X' el documento que contestó una servidora judicial de la Corte que, de inmediato, generó revuelo en la opinión pública.
Concepto de la Relatoría de la Corte Constitucional sobre la consulta popular. Foto:Archivo Particular
"Ninguna providencia permite convocar la consulta sin concepto afirmativo del Senado", se lee en el texto que fue entendido por varios sectores como un impedimento al presidente Petro para convocar la consulta popular por decreto.
Sin embargo, el presidente de la Corte Constitucional Jorge Enrique Ibáñez, después de la publicación y el ruido en los medios, llamó a la congresista y le aclaró que la respuesta no era de la Corte sino de una funcionaria de la relatoría. Lo mismo que posteriormente precisó el alto tribunal en un comunicado de prensa.
“La Relatoría no tiene a su cargo responder consultas u opiniones, y mucho menos adoptar decisiones de ninguna naturaleza”, se lee en el documento.
Además, advirtió que la funcionaria que emitió la respuesta se extralimitó en sus funciones al expresar una opinión jurídica que no compromete la postura oficial de la Corte.
"La Relatoria de la Corte no tiene a su cargo responder consultas u opiniones y mucho menos adoptar decisiones de ninguna naturaleza. En ese sentido, la respuesta emitida por una servidora judicial de la Relatoría de la Corte a una petición relacionada con la convocatoria de una consulta popular —en la cual, además de remitir providencias sobre la materia, expresó una opinión sobre las mismas- constituyó una extralimitación de sus funciones que no compromete la posición oficial de la Corporación", señaló la Corte.
Comunicado de la Corte Constitucional. Foto:Archivo Particular
El ministro del Interior, Armando Benedetti, sostuvo que habría un vicio en la votación que negó la iniciativa, lo cual, a su juicio, permitiría decretar la consulta sin necesidad de una nueva aprobación parlamentaria. Sin embargo, juristas consultados por este diarios rebatieron esa interpretación, al considerar que es un juez quien debe revisar si hubo irregularidades.
“Si el Senado ya se pronunció, el Presidente no puede insistir. Y lo hizo”, dijo a este diario la congresista Miranda. Según explicó, incluso después de la votación negativa, hubo un acta firmada por la mesa directiva y un pronunciamiento adicional del Senado ratificando que el asunto era cosa juzgada.
La Corte Constitucional recalcó que no hubo ninguna sentencia reciente sobre este caso específico y que la respuesta de su Relatoría no constituye un pronunciamiento oficial. Además, se investigará a la funcionaria por la presunta extralimitación en sus funciones.