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Noticia
Corte Suprema absuelve al exgobernador y actual senador Guido Echeverry en proceso por prevaricato
El alto tribunal concluyó que actuó dentro de sus facultades en la sanción disciplinaria contra una docente.
La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia decidió absolver al exgobernador de Caldas y actual senador Guido Echeverry Piedrahita, en el proceso penal que enfrentaba por el delito de prevaricato por acción.
El caso se originó a partir de una serie de decisiones istrativas tomadas en torno a una sanción disciplinaria impuesta a una docente del departamento en 2010.
En ese año, la profesora Luz Marina Beltrán García fue destituida de su cargo e inhabilitada por 15 años, sanción que fue ratificada por la oficina jurídica de la Gobernación.
Sin embargo, en octubre de 2011, la istración departamental revocó esas sanciones y ordenó el reintegro de la funcionaria.
Guido Echeverry Foto:Archivo Particular
La Fiscalía sostenía que, en enero de 2012, poco después de asumir el cargo como gobernador, Guido Echeverry firmó un decreto (el 0017 de 2012) que anulaba las decisiones que habían favorecido a la docente.
Según el ente acusador, el exmandatario habría emitido ese acto sin seguir el procedimiento legal requerido para revocar actos istrativos en firme, y además ordenó que no se notificara a la afectada.
No obstante, tras valorar el material probatorio y los argumentos de las partes, la Sala concluyó que Echeverry sí tenía competencia para emitir el decreto, y que no hubo una intención deliberada de causar un perjuicio ilegal a la profesora.
Palacio de Justicia, sede de las altas Cortes. Foto:EL TIEMPO
De hecho, se señaló que la docente tuvo conocimiento del contenido del decreto, pero no acudió a la jurisdicción contencioso istrativa para impugnarlo, como era su derecho, y prefirió presentar una acción de tutela.
“La Sala no puede menos que concluir que la presunta realización delictiva atribuida por la Fiscalía quedó ayuna de demostración”, indica el fallo.
Al tiempo, resalta que el decreto no fue “manifiestamente contrario a la ley” ni producto de una intención perversa por parte del entonces gobernador. Incluso, se valoró que la misma profesora descartó cualquier enemistad o ánimo persecutorio por parte de Echeverry.
El alto tribunal calificó el comportamiento del acusado como “objetivamente atípico”, es decir, que no encajaba dentro de los elementos necesarios para configurar un delito.