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Noticia
Corte Suprema ratifica absolución del exsenador Plinio Olano por caso Odebrecht
No quedó acreditada la participación de Olano Becerra en el entramado criminal, dice la decisión.
Exsenador Plinio Olano fue absuelto por la Corte Suprema. Foto: Rodolfo González / Archivo EL TIEMPO
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó un fallo absolutorio que dictó en 2019 la Sala de Primera Instancia de la Corte a favor del exsenador Plinio Olano Becerra, quien fue investigado por los delitos de concierto para delinquir agravado, tráfico de influencias y cohecho propio.
Olano, quien perteneció en 2006 al Partido Cambio Radical y en 2009 al Partido de la U, fue llevado a juicio porque, según la Fiscalía, participó del entramado de corrupción de la multinacional brasileña Odebrecht, que pagó millonarios sobornos para obtener cuantiosos contratos públicos del Estado.
"Decidió participar en esa empresa criminal, en su condición de congresista vinculado a la Comisión Sexta del Senado, encargada de debatir asuntos relacionados con obras públicas y transporte, entre otras, la de infraestructura denominada «Ruta del Sol»", expresó la acusación de la Fiscalía, que fue vencida en juicio.
Plinio Olano, exsenador, fue absuelto por la Corte Suprema. Foto:María Isabel Ortíz /CEET
De acuerdo con la acusación, Odebrecht habría acordado pagar 500 millones de pesos a Olano por supuestos debates de control político que él convocó para ejercer presión para la adjudicación del contrato de la Ruta del Sol II en 2010. Y también se le acusó por supuestamente haber pactado una comisión de entre el 3 y el 5% para él y para el entonces gobernador de Boyacá, Juan Carlos Granados, por presuntamente gestionar la adjudicación del proyecto de la vía Duitama-Charalá.
“La ponderación intrínseca y extrínseca de los medios de convicción, conduce a la Corte a concluir que no está demostrada en grado de certeza la ocurrencia de las conductas al margen de la legalidad por las cuales fue llamado a juicio el exsenador Plinio Edilberto Olano Becerra, como tampoco su responsabilidad en la ejecución de las mismas”, se lee en la sentencia.
Advierte el fallo que "no se demostró" que Olano recibiera de Odebrecht $500.000.000 a cambio de influir en la adjudicación del contrato de la Ruta del Sol II. Dichos recursos fueron discriminados así en el expediente: $200.000.000 a través de un subcontrato entre la Concesionaria Ruta del Sol S.A.S. y el consorcio Ruta del Sol San Alberto. "$200.000.000 en efectivo a título de aporte a la campaña a la gobernación de Boyacá de Juan Carlos Granados Becerra" y $100.00.000 para sufragar los honorarios al abogado Jorge Enrique Rojas.
Tampoco se probó que hubiera recibido la comisión sobre el proyecto vial en Boyacá. "No habiéndose acreditado la participación de Plinio Olano en el entramado criminal propiciado por las directivas de la Constructora Odebrecht en Colombia para hacerse a los comentados contratos de infraestructura pública en los términos que quedó precisado ut supra, la Corte es del criterio que se carece de respaldo probatorio para alcanzar la certeza de que igualmente incurrió en el delito de cohecho propio", agrega la decisión.