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Noticia
La inédita decisión de la Corte Suprema al confirmar condena contra hombre que agredió con machete a un perro
Esta es el primer dictamen que adopta el máximo tribunal en un caso de maltrato animal.
El Tribunal Superior de Bucaramanga lo condenó a 15 meses de prisión.
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena contra Germán Raúl Medina Torres por el delito de maltrato animal, tras comprobarse que agredió con un machete al perro de su hermana en una finca rural del municipio de Málaga, Santander.
Los hechos se remontan al 5 de noviembre de 2020, cuando Medina Torres llegó armado a la finca La Garita, ubicada en la vereda Huertas, donde vivía su hermana Blanca Amelia Medina. Según el testimonio de la mujer, su hermano atacó sin provocación al perro llamado Chéster, causándole una grave herida en la cabeza con una macheta.
La lesión fue de tal magnitud que comprometió el cráneo y el ojo izquierdo del animal, dejándole secuelas permanentes como pérdida de visión y dificultades motoras, de acuerdo con los informes veterinarios.
En primera instancia, un juez de Málaga absolvió al acusado por considerar que las pruebas presentadas no eran suficientes para determinar su culpabilidad. Sin embargo, en abril de 2024, el Tribunal Superior de Bucaramanga revocó esa decisión y lo condenó a 15 meses de prisión, al pago de una multa equivalente a 11.875 salarios mínimos legales mensuales vigentes y a la inhabilidad para ejercer cualquier actividad relacionada con animales durante el mismo período.
La defensa de Medina presentó un recurso de impugnación especial ante la Corte Suprema, alegando inconsistencias en la valoración probatoria, falta de imparcialidad y la existencia de una supuesta animadversión familiar por conflictos sobre la posesión del predio.
No obstante, la Corte, con ponencia del magistrado Carlos Roberto Solórzano, concluyó que las pruebas aportadas —entre ellas testimonios, fotografías, grabaciones y peritajes veterinarios— fueron suficientes para confirmar que Medina actuó de forma violenta contra el animal.
“El relato de la víctima fue coherente, estuvo respaldado por pruebas técnicas y no se evidenció ánimo de perjudicar al acusado”, señala el fallo de la Corte, que también destacó que Medina intentó construir una coartada con grabaciones que no incluían al perro herido, pero en las cuales se escucha el llanto de un tercer canino, presuntamente Chéster.
“El bien jurídico protegido objeto de tutela es la vida, la integridad física y emocional de los animales, los cuales envuelven, en particular, la integridad física, psíquica y salud, en su capacidad de sentir emociones y sufrir. El derecho a no ser maltratados por la especie humana, sobre todo cuando estos son animales domésticos que comparten una convivencia familiar”, se lee en la sentencia.
La Corte subrayó la necesidad de actuar con debida diligencia frente a este tipo de conductas, destacando la protección animal como un deber del Estado.