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Análisis

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¿Qué quedó igual, qué se cayó y qué entró nuevo en el debate de la reforma laboral?

Empresarios están molestos con lo aprobado en la Comisión Cuarta del Senado. Piden hacer cambios en último debate. 

Debate de la reforma laboral en la Comisión IV del Senado
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A pesar de que el texto de la reforma laboral había sido consensuado con los diferentes empresarios del país, algunos de ellos ya expresaron que no están de acuerdo con lo finalmente aprobado.
Por la reducción de la jornada laboral, el salario no se ve afectado.

Cambiarían los recargos nocturnos.  Foto:Fotomontaje a partir de imágenes de iStock.

Y es que uno de los cambios que se iba a hacer era el de que los recargos nocturnos comenzaran a las 7 de la noche para las grandes y medianas empresas, pero no para las pequeñas y micro, las cuales seguirían beneficiándose del horario actual de las 9 de la noche.
Sin embargo, la mayoría de los congresistas de la Comisión Cuarta del Senado votaron por eliminar esta excepción y lo que se aprobó en tercer debate es que la jornada nocturna de todos los trabajadores sin excepción sea a partir de las 7 de la noche, es decir, lo mismo que venía de la Cámara de Representantes.
Otro de los cambios que veían con buenos ojos los empresarios era el de que si bien el pago de los recargos por los dominicales subiría del 75 al 100 por ciento, el de los festivos se quedaría en el 75 por ciento. No obstante, este también fue modificado en medio del debate y los dos se pagarían al completo, al igual que venía en el texto de Cámara.
Los senadores no fueron conscientes del daño que le podían estar haciendo a los tendederos, los pequeños restaurantes, comerciantes con operaciones de tamaño muy modesto. Probablemente en esos sectores es donde se termine generando la mayor cantidad de pérdida de empleos, así como también donde se cause también la gran informalidad”, aseguró el presidente de la Andi, Bruce Mac Master.
Igualmente, el vocero del gremio de los comerciantes Fenalco, Jaime Alberto Cabal, señaló que los sectores más perjudicados serían aquellos que más laboran de noche y domingos y festivos como tiendas, panaderías, cafeterías de barrio, establecimientos de comercio, restaurantes, gastrobares y bares, establecimientos de alojamiento (hoteles, hostales), empresas de transporte (carga y pasajeros), logística y almacenamiento, empresas de vigilancia y seguridad privada, empresas de aseo y mantenimiento, entre otras.
Los dueños y arrendatarios de locales destinados para bares piden ayudas en estás épocas de crisis.

El sector de la noche es uno de los que más recargos tiene.  Foto:ARCHIVO EL TIEMPO

“Hacemos un llamado urgente para que se actúe con responsabilidad y se corrija el rumbo de esta reforma, protegiendo a los micro, pequeños y medianos empresarios que hoy se sienten traicionados y enfrentan una profunda incertidumbre frente al futuro”, resaltó.
Para Camilo Ospina, presidente de Asobares, el Senado sigue sin reconocer la noche como un factor determinante para el empleo del país. Por ello, le pidió a la plenaria del Senado —que es donde se dará el último debate— que se incluya un régimen de recargos nocturnos especial y excepcional para ciertas actividades como bares, discotecas, gastrobares y hoteles en el país.
“Se sigue recargando la noche con más costos, lo que hace inviable la formalización de un sector que le apuesta al desarrollo de su talento y recurso humano. Pedimos que se reconozca que hay actividades intensivas y diferenciales en jornada nocturna como los bares y discotecas o en actividades 24 horas como la hotelería y el turismo", manifestó.
Así mismo, les solicitó a los senadores que para formalizar el empleo, especialmente estacional, se podría contratar y pagar a tiempo parcial a algunos trabajadores del sector asumiendo los costos de seguridad social por el tiempo efectivo contratado.

¿Qué quedó igual, qué se cayó y qué entró nuevo?

Quedaron idénticos al texto aprobado en la Cámara de Representantes 34 artículos. Por ejemplo, los que regulan el trabajo en las plataformas digitales de reparto. Alianza In, gremio que representa a las plataformas digitales, dijo está contento con lo aprobado. “Estos artículos crean un mecanismo innovador de protección social para las personas que trabajan en plataformas de reparto”, aseguró el gremio que lidera José Daniel López.
También quedó la misma redacción de artículos como el que busca que el contrato indefinido sea la regla general o que el trabajo doméstico sea formalizado mediante contrato escrito y registrado en la Pila.
Igualmente, se eliminaron artículos frente a lo aprobado en la Cámara, como el que daba una licencia remunerada de tres días a las personas que se casaran o el que ampliaba la licencia de paternidad hasta las cuatro semanas.
Foto referencia.

Se eliminó el artículo que ampliaba la licencia de paternidad.  Foto:iStock

Los senadores también incluyeron artículos nuevos como el de la creación de una nueva prima cuando las empresas crezcan más de 4 por ciento o el de que los estudiantes de medicina que cumplan con los requisitos de isión para realizar el internado médico obligatorio recibirán una remuneración mensual que no podrá ser inferior a un salario mínimo.
Adicional a ello, en medio del debate se metieron 40 artículos nuevos que se conocerán próximamente y deberán ser discutidos en el debate de la plenaria del Senado.

¿Cómo quedaron los otros artículos polémicos?

Según lo aprobado en la Comisión Cuarta del Senado, el nuevo contrato de aprendizaje mejoría los apoyos económicos: en la fase lectiva, el aprendiz recibirá como mínimo el 75 por ciento de un salario mínimo (hoy es 50 por ciento) y en la fase práctica, el 100 por ciento de un salario mínimo (hoy es 75 por ciento o 100 por ciento dependiendo del desempleo). Además, durante toda la formación práctica o dual, el aprendiz estará afiliado a riesgos laborales (ARL) y cotizará como trabajador dependiente a salud y pensión.
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Cambiaría el contrato de aprendizaje.  Foto:SENA

Al mismo tiempo, se determinó que las empresas que no contraten aprendices deberán pagar al Sena 1,5 salarios mínimos por cada cupo no cubierto, salvo que demuestren que solicitaron aprendices y no les fueron asignados.
Respecto al contrato a término fijo, este se debe celebrar siempre por escrito y no debe superar los cinco años. Actualmente se permite la renovación indefinida, pero con la nueva norma ya no.

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