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Ordenan al Gobierno responder dudas por interrupción de internet en el paro nacional
Corte Constitucional considera que el Estado está obligado a garantizar el al servicio.
El proyecto de Reforma Tributaria presentado por el Gobierno nacional hace más de seis meses, generó una masiva movilización en el país, en especial en Cali, que derivó en un estallido social con graves consecuencias. Más allá de dificultades propias de una sociedad con muchas necesidades desatendidas, la ciudad empieza un nuevo despertar con el reto de levantarse y recuperar su economía y su sonrisa, vislumbrando un futuro mejor para sus habitantes. Foto: Juan Pablo Rueda Bustamante / El Tiempo
La Corte Constitucional, luego de estudiar una tutela, resolvió las denuncias presentadas por la interrupción del servicio de internet que se registró, en varias oportunidades en 2021, durante las protestas del paro nacional en Cali.
Los casos fueron presentados por varias organizaciones que defienden la libertad de prensa, y en la acción pedían, entre otras, que el Ministerio de Defensa informara públicamente “qué medidas adelantaron para garantizar y respetar el a internet en el marco de las manifestaciones".
Audiencia firmantes de paz Corte Constitucional Foto:Corte Constitucional
En una decisión del pasado 20 de septiembre, la Sala Octava de Revisión del alto tribunal, ordenó a los Ministerios de Tecnologías de la Información y de Defensa para "que respondan públicamente a los cuestionamientos de la opinión pública frente a la interrupción del servicio de internet y el presunto uso de inhibidores de señal por parte de la Fuerza Pública" en las manifestaciones.
En este sentido, las carteras tienen un plazo de 5 días para pronunciarse públicamente.
También ordenó a las mencionadas carteras y a la Agencia Nacional del Espectro que, a partir de una investigación formal y rigurosa, en el término de 6 meses, se “determine el alcance de los hechos denunciados, los presuntos responsables de los mismos y las medidas adoptadas para evitar la repetición de los hechos que dieron lugar a la acción de tutela, e informen los resultados de esa pesquisa a la opinión pública”.
El proyecto de Reforma Tributaria presentado por el Gobierno nacional hace más de seis meses, generó una masiva movilización en el país, en especial en Cali, que derivó en un estallido social con graves consecuencias. Más allá de dificultades propias de una sociedad con muchas necesidades desatendidas, la ciudad empieza un nuevo despertar con el reto de levantarse y recuperar su economía y su sonrisa, vislumbrando un futuro mejor para sus habitantes. Foto:Juan Pablo Rueda Bustamante / El Tiempo
En la decisión, la Corte también revocó el fallo proferido por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cali, que confirmó la sentencia emitida por el Juzgado Tercero Penal para Adolescentes con funciones de conocimiento de Cali, que denegó la acción de tutela instaurada.
El recurso fue presentado por Ana Bejarano Ricaurte y Emanuel Vargas Penagos co-directores de El Veinte; Carolina Botero Cabrera, directora ejecutiva de la Fundación Karisma; Julio Gaitán Bohórquez, director del Centro de Internet y Sociedad de la Universidad del Rosario y Jonathan Carl Bock de la FLIP.
Sesiones extraordinarias en el Senado. Foto:Néstor Gómez. EL TIEMPO
El alto tribunal, además ordenó al Mintic, Mindefensa y a la Agencia Nacional del Espectro, "adoptar las medidas necesarias para adecuar el marco normativo e impulsen las reformas legales a que haya lugar sobre uso de dispositivos de inhibición de señal por parte de la Fuerza Pública".
Y exhortó al Congreso para que "regule la adquisición y uso de los dispositivos inhibidores de señal, en atención a los parámetros desarrollados en esta providencia".
Pronunciamiento oportuno
La Fundación Karisma, a través de un comunicado, celebró la decisión de la Corte Constitucional en la que se protegen los derechos a la libertad de expresión.
"La Corte consideró que existe un derecho de a Internet. Esto implica que el Estado está obligado a garantizar el y a evitar interrupciones que limiten intencionalmente la difusión de información en línea. Adicionalmente, señaló que el servicio a Internet no puede ser restringido por motivos de orden público y que, en los casos que se invoque la seguridad nacional como justificación para una restricción de , la ley debe definir previamente su alcance", señaló la fundación en el comunicado.
Además, la Organización instó a que el gobierno nacional se pronuncie "oportunamente sobre los cuestionamientos por la interrupción del servicio de Internet y presunto uso de inhibidores de señal por parte de la Fuerza Pública".
"Las entidades deben solicitar apoyo técnico de expertos como la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH, así como elaborar una investigación formal y rigurosa con garantías de independencia y sin restricciones para el a la información por parte de las autoridades", aseguró al organización.