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Corte dicta nueva condena contra Iván Moreno por el carrusel de la contratación

En abril de este año, el exsenador fue sentenciado por el llamado 'carrusel de las ambulancias'.

Iván Moreno, exsenador.

Iván Moreno, exsenador. Foto: Archivo

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PERIODISTA JUDICIALActualizado:

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En un fallo de 264 páginas, la Corte Suprema de Justicia condenó a 13 años y nueve meses de cárcel al exsenador Iván Moreno Rojas por el escándalo del 'carrusel de la contratación' de Bogotá, el cual también involucró a su hermano, el exalcalde Samuel Moreno.
El fallo de la Sala de Primera Instancia del alto tribunal, que se suma a la condena de abril de este año por el 'carrusel de las ambulancias', es por los delitos de concurso heterogéneo de los delitos de concierto para delinquir agravado y enriquecimiento ilícito de particular, así como determinador de cohecho propio continuado e interés indebido en la celebración de contratos.
Estos cargos hacen parte de un proceso penal aparte a la otra condena en contra de Moreno, y tienen que ver con actuaciones desplegadas en el segundo semestre del año 2007, cuando su hermano Samuel aspiraba a ocupar la Alcaldía de Bogotá. Por esos meses, se organizó con el fin de incrementar su patrimonio de manera injustificada, manipulando contratos del Distrito, así como recibiendo dinero de contratistas metidos en el entramado corrupto.
Iván Moreno y Samuel Moreno.

Iván Moreno y Samuel Moreno. Foto:Diego Santacruz / EL TIEMPO

Ese enriquecimiento ilícito tuvo de por medio un paquete de contratos en los que intercedieron funcionarios del IDU, el condenado Emilio Tapia y otras personas que acordaron cancelar comisiones en dinero equivalentes al 8 por ciento del valor total de los contratos de valorización.
Otro de los apartes de la sentencia relaciona a Iván Moreno con gente del IDU como Liliana Pardo, quienes a través de Tapia supuestamente se organizaron para aceptar una promesa de pago de 30.000 millones de pesos, "a cambio de que el IDU autorizara la cesión del contrato número 137 de 2007, la cual fue autorizada y tuvo lugar el 17 de febrero de 2010, entre la Unión Temporal Transvial y Conalvías".
Emilio Tapia AMP

Emilio Tapia AMP Foto:Andrea Moreno / EL TIEMPO

En general, el exsenador De igual manera, la Sala encontró que el entonces senador Iván Moreno Rojas se enriqueció sin tener cómo justificarlo con dineros convenidos en los contratos 071 y 072 de 2008; los de valorización 018, 019, 020, 029, 037, 047, 068 y 079 de 2009; por las adiciones realizadas a los contratos 137 de 2007 y 071 de 2008; y por las cesiones del 137 de 2007, 071 y 072 de 2008.
Por tal motivo, además de los 13 años, nueve meses y cinco días de prisión, la Corte también lo inhabilitó para ocupar cargos públicos por 166 meses, y lo condenó a pagar una multa de 5.003 millones de pesos, y a otra de 4.211 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Por último, la Sala de Primera Instancia nuevamente le negó a Iván Moreno el beneficio de casa por cárcel, así como la suspensión condicional de la ejecución de la pena, que en el caso del 'carrusel de las ambulancias' es de cinco años y siete meses.

El proceso

En su análisis, los magistrados que componen la Sala determinaron que no tenía razón el exsenador al pedir que se declarara la prescripción del proceso penal, ni tampoco en las supuestas irregularidades resaltadas por su defensa. 
En cambio, confirmó que hay pruebas suficientes para determinar que fue una pieza clave en el entramado corrupto para vincular a su gente de confianza en cargos distritales, y después acordar junto a funcionarios públicos y particulares la manipulación de contratos. 
"Aunado a ello, se tiene que al enjuiciado no le fue suficiente adherirse a la empresa criminal, sino que la lideró de acuerdo con los propósitos de aquella”, señaló la Corte, en la cual hubo un salvamento de voto de la magistrada Blanca Nélida Barreto, quien se mostró en desacuerdo con algunos apartes de la decisión, como la condena a Moreno por el delito de enriquecimiento ilícito de particular, "en relación con las aludidas operaciones contractuales diferentes a las relacionadas con los contratos 071 y 072 de 2008".
Carlos López
Redacción Justicia
En Twitter: @CarlosL49

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