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Noticia

Las directrices de la Corte para combatir el fraude en SOAT y protección de las víctimas de accidentes de tránsito

Se establece un marco más claro y riguroso para enfrentar el fraude dentro del sistema SOAT.

Soat para motos.

Soat para motos. Foto: Fotomontaje a partir de imágenes de César Melgarejo. EL TIEMPO / Fasecolda

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La Corte Suprema de Justicia, mediante la sentencia SC3075-2024, emitida por la magistrada Martha Patricia Guzmán Álvarez, estableció nuevas directrices para mejorar la eficacia del Sistema Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) y combatir los fraudes que afectan tanto a las aseguradoras como a las Instituciones Prestadoras de Salud (IPS).
Soat en Colombia.

Soat en Colombia. Foto:Fotomontaje a partir de imágenes

En esta providencia se hace un llamado a todos los actores involucrados, especialmente las aseguradoras y las IPS, para que asuman un papel activo en la identificación de irregularidades y garanticen que los recursos sean dirigidos a las verdaderas víctimas de accidentes de tránsito.
Uno de los puntos más relevantes de la sentencia SC3075-2024 es la exigencia de que las aseguradoras realicen auditorías rigurosas para equilibrar la eficiencia del sistema con la protección de las víctimas. 
Según la Corte, este proceso debe garantizar la transparencia y diligencia, alineándose con los principios de buena fe establecidos en la Constitución.
SOAT (Foto de referencia)

SOAT (Foto de referencia) Foto:iStock

La sentencia destaca la necesidad de que las aseguradoras sean proactivas en la identificación de fraudes, especialmente aquellos relacionados con facturación de servicios no prestados por las IPS o la alteración de historias clínicas para simular víctimas de accidentes. Las aseguradoras, además, podrán utilizar estas irregularidades como defensa en cualquier escenario judicial.
La Corte también hizo énfasis en la responsabilidad de las IPS, indicando que, si bien deben prestar servicios médicos adecuados a los pacientes accidentados, no pueden ser obligadas a realizar auditorías o investigaciones sobre la autenticidad de las circunstancias de los siniestros.
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De acuerdo con la sentencia, forzar a las IPS a realizar tales verificaciones no solo es inequitativo, sino que pone en riesgo la salud de los pacientes, al dilatar los tratamientos mientras se esclarecen las circunstancias del accidente.
Esta sentencia subraya que la lucha contra el fraude debe ser un esfuerzo conjunto, pero también debe reconocer las diferencias de roles y competencias entre las partes involucradas.
Las IPS no tienen la capacidad ni la autoridad para investigar la veracidad de las circunstancias del siniestro, y la responsabilidad de evitar fraudes recae en las aseguradoras, que deben identificar irregularidades sin obstaculizar la atención médica de las víctimas.
Juan Diego Torres
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