En este portal utilizamos datos de navegación / cookies propias y de terceros para gestionar el portal, elaborar información estadística, optimizar la funcionalidad del sitio y mostrar publicidad relacionada con sus preferencias a través del análisis de la navegación. Si continúa navegando, usted estará aceptando esta utilización. Puede conocer cómo deshabilitarlas u obtener más información
aquí
Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí. Iniciar sesión
¡Hola! Parece que has alcanzado tu límite diario de 3 búsquedas en nuestro chat bot como registrado.
¿Quieres seguir disfrutando de este y otros beneficios exclusivos?
Adquiere el plan de suscripción que se adapte a tus preferencias y accede a ¡contenido ilimitado! No te
pierdas la oportunidad de disfrutar todas las funcionalidades que ofrecemos. 🌟
¡Hola! Haz excedido el máximo de peticiones mensuales.
Para más información continua navegando en eltiempo.com
Error 505
Estamos resolviendo el problema, inténtalo nuevamente más tarde.
Procesando tu pregunta... ¡Un momento, por favor!
¿Sabías que registrándote en nuestro portal podrás acceder al chatbot de El Tiempo y obtener información
precisa en tus búsquedas?
Con el envío de tus consultas, aceptas los Términos y Condiciones del Chat disponibles en la parte superior. Recuerda que las respuestas generadas pueden presentar inexactitudes o bloqueos, de acuerdo con las políticas de filtros de contenido o el estado del modelo. Este Chat tiene finalidades únicamente informativas.
De acuerdo con las políticas de la IA que usa EL TIEMPO, no es posible responder a las preguntas relacionadas con los siguientes temas: odio, sexual, violencia y autolesiones
Análisis
Exclusivo suscriptores
Controversia en el mundo jurídico por el decreto de conmoción interior: las voces a favor y en contra
Algunos juristas consideran que no era necesario, ya que la crisis era prevenible. El gobierno se mantiene en que la situación es anómala.
Gustavo Petro, presidente de Colombia. Foto: Presidencia
A pocas horas de expedirse el decreto que deja en firme la declaratoria de conmoción interior anunciada por el presidente Gustavo Petro el pasado lunes 20 de enero, en el mundo jurídico se generó especulación sobre si pasará o no el filtro de la Corte Constitucional, debido a las razones y el contenido del documento. Después de 17 años esta figura fue utilizada por el Ejecutivo para conjurar la crisis de orden público en el Catatumbo, que desencadenó una emergencia humanitaria de enormes proporciones: 41 muertes confirmadas y más de 40 mil personas desplazadas en un mismo evento.
Catatumbo, en Norte de Santander. Foto:Andrés Carvajal
Siete días le tomó al gabinete y al equipo jurídico del Presidente redactar el documento de 19 páginas que contiene el marco legal que lo faculta para dictar decretos con fuerza de ley que atiendan las causas y consecuencias de la ola de violencia en la región. Entre ellas la militarización, la expedición de nuevos tributos y redistribución del gasto de fondos como el Sistema General de Participaciones y el Sistema General de Regalías para hacer frente a la emergencia.
En un principio, se pensaba incluir también a Arauca dentro de la emergencia, precisamente por ser un enclave de los 'elenos' y pieza clave del engranaje de la escalada violenta. Según informes de inteligencia, este fue el lugar de origen de los refuerzos enviados a Norte de Santander para librar la guerra con las disidencias.
Sin embargo, como aún no eran claros los motivos jurídicos para sustentar la conmoción interior en esta región, el Gobierno decidió mantenerse con los municipios inicialmente contemplados. Así, blindaría el decreto contra cualquier vicio de trámite del que pudiera valerse la Corte para tumbarlo.
Catatumbo, en Norte de Santander. Foto:Andrés Carvajal
No obstante los esfuerzos del Ejecutivo para pasar los filtros constitucionales y legislativos, el el ámbito jurídico varias voces advierten que los motivos, al ser una tragedia anunciada, no tendrían la suficiente fuerza para motivar un estado de excepción.
El constitucionalista Germán Calderón, aseguró que "no se cumple con los presupuestos para la declaratoria de conmoción. Cuando la Corte ejerza su control, realizará un test de necesidad fáctica y jurídica en la que establecerá si las medidas ordinarias que habilitan a la Policía y la Fuerza Pública son suficientes para atender la emergencia, el cual es muy probable que pierda. A todas luces hubiese podido el Gobierno enviar al Ejército a hacer frente a esa crisis con los mecanismos ordinarios".
Esta medida le daría poder al Ejecutivo, por ejemplo, para intervenir en la libre circulación y reunión, así como desplegar pie de fuerza y fortalecer el gasto militar en el control de la infraestructura durante un lapso de 90 días prorrogables en otros dos periodos iguales. De hecho, este es uno de los puntos que explícitamente contempla el decreto: la protección de la red eléctrica y los oleoductos petroleros, blancos habituales de los atentados guerrilleros.
Cúcuta ha recibido a más de 18.000 personas desplazadas en la última semana. Foto:César Melgarejo. EL TIEMPO. @cesarmelgarejoa
Desde la orilla de las organizaciones y defensores de derechos humanos, también se ve con escepticismo lo que el estado de conmoción interior pueda solucionar a nivel estructural en las causas originales de la violencia, así como el impacto que las facultades extraordinarias puedan tener en la sociedad civil.
"Históricamente, los estados de conmoción interior han conllevado a diferentes violaciones a los derechos humanos. Por tanto, creemos que existen medios ordinarios que pueden ayudar a conjurar la crisis que se está viviendo en el Catatumbo. Esta solución no debe darse solamente con el aumento de la militarización, sino con una presencia total del Estado que aún no se ha cumplido", opinó Yessica Hoyos, directora del colectivo de abogados Cajar.
En la misma medida, para algunos analistas, esta figura pone el dedo en la llaga sobre la atención al conflicto armado, mediante una estrategia que responde a lo urgente y no combate de raíz la desatención histórica de las regiones con presencia de grupos armados.
"La conmoción interior es un error porque nos devuelve al menos dos décadas en una discusión que parecía cerrada sobre la atención del conflicto armado. Ni el conflicto armado de seis décadas ni la ausencia del Estado en las regiones son excepcionales, hay suficientes normas ordinarias para hacer frente a estas situaciones. Se requiere gestión y hacer realidad las normas ordinarias, no más normas excepcionales", refutó el académico Juan Carlos Ospina.
Los argumentos del Gobierno
Mientras tanto, desde el lado del Gobierno recalcan la necesidad de la medida debido a la anomalía de la emergencia, que no puede atenderse con los "ingresos limitados e inflexibilidades en el gasto público" que impiden redireccionar recursos hacia el Catatumbo.
En Tibú, corazón del Catatumbo, poco a poco han retomado la calma. Foto:César Melgarejo/ El Tiempo @cesarmelgarejoa
"¿Por qué no se pudieron atender de manera ordinaria? Porque al aumentar el nivel de la perturbación del orden público, es necesario movilizar recursos humanos, institucionales, funcionales y de otra naturaleza para atender el desplazamiento masivo de más de 36 mil personas. Este incremento genera una situación anómala y, además, inversa a lo que se esperaba, ya que el ELN tenía una mesa de negociación", expuso la ministra de Justicia, Ángela María Buitrago.
La jefe de la cartera, quien por la naturaleza del rubro que dirige fue una de las que acompañó la redacción del documento, dijo que cada uno de los puntos está debidamente argumentado bajo el artículo 212 de la Constitución y en la Ley estatutaria 137 de 1994 que reglamente la medida.
Sobre la debida justificación del decreto también opinó el jurista Yefferson Dueñas, quien lo consideró completamente necesario y fundamental debido a la magnitud del desplazamiento y la intensificación de las acciones armadas.
Tibú, Norte de Santander. Foto:César Melgarejo/ El Tiempo @cesarmelgarejoa
"El presupuesto fáctico (relativo a los hechos), la valoración que se hace y el juicio de suficiencia sugieren la adopción de medidas que, más allá del restablecimiento del orden público y la seguridad, reforzarán la presencia institucional del Estado desde una dimensión social. Este es un aspecto especialmente relevante. En todo caso, habrá que revisar una por una las medidas adoptadas en desarrollo del estado de excepción", indicó.
Mientras tanto, el Congreso ya se prepara para sesionar la siguiente semana, y el primer punto de la agenda será la revisión del decreto, sobre el cual espera emitir concepto lo más pronto posible. El Capitolio será escenario del debate sobre la razonabilidad de esta medida de excepción, pero la última palabra la tendrá la Corte Constitucional, quien podrá darle luz verde o derogar la norma.
Fiscalía reactiva órdenes de captura contra voceros del Eln Foto: