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Noticia
Gobierno emite decreto que ajusta la jornada escolar y laboral en colegios públicos
Se especifica que los docentes deberán ejecutar seis de las ocho horas de la jornada laboral en la institución.
El decreto establece que el horario de la jornada escolar de los estudiantes debe cumplir con intensidades horarias mínimas. Foto: iStock
Este 12 de marzo, el Gobierno emitió el Decreto 0277 de 2025, que señala modificaciones en la jornada escolar. Esta normativa ajusta la carga académica y establece una permanencia de los docentes de seis horas en las instituciones educativas.
"En cumplimiento del acuerdo entre Ministerio de Educación Nacional y Fecode, se han desarrollado mesas de trabajo en las que fue posible determinar las modificaciones que se requieren en relación con algunas de las disposiciones contenidas en el Decreto 1850 de 2002, compilado en el Decreto 1075 de 2015 - Único Reglamentario Sector Educación", señala el documento publicado por el Ministerio de Educación.
Jornada laboral docente
Allí se específica que los docentes deberán, como mínimo, ejecutar seis de las ocho horas de la jornada laboral dentro de la institución y que, para completar el tiempo restante, "se realizarán por fuera o dentro de la misma actividades propias del cargo, según se acuerde con el rector o rectora, director o directora rural como responsable de la distribución de las asignaciones académicas y demás funciones".
Las seis horas continuas de permanencia del docente se desarrollarán en la mañana o en la tarde. Foto:Istock
En los establecimientos educativos en los que existan dos jornadas escolares, las seis horas continuas de permanencia del docente se desarrollarán en la mañana o en la tarde.
La asignación académica, que es el tiempo que el docente dedica a la atención directa de sus estudiantes en actividades pedagógicas, corresponderá a las siguientes horas semanales: 20 para preescolar, 25 para básica primaria y 22 para básica secundaria y media.
"Cuando el establecimiento educativo disponga de docentes de aula para especialidades con el fin de fortalecer los procesos de enseñanza y aprendizaje de preescolar y educación básica primaria, la asignación académica semanal de los demás docentes de estos ciclos podrá ser inferior a lo indicado en el inciso anterior", agrega el documento.
Asimismo, el decreto establece que el horario de la jornada escolar de los estudiantes debe cumplir con intensidades horarias mínimas, que se contabilizarán en horas efectivas de sesenta minutos. En el documento se determinaron como mínimo: 20 horas semanales efectivas para nivel de preescolar, 25 horas semanales para básica primaria, 30 horas semanales para básica secundaria y media académica y 37 horas semanales para media técnica.
Las intensidades horarias mínimas se contabilizarán en horas efectivas de sesenta minutos. Foto:iStock
"Es necesario resignificar el concepto de jornada y asignación académica, en aras de garantizar el enfoque y alcance de la jornada laboral de los docentes y directivos docentes en los Establecimientos Educativos, permitiendo así el ejercicio pleno de sus funciones y su correspondencia con la asignación académica. En armonía con lo anterior, el descanso pedagógico estudiantil se considera como una actividad curricular del tiempo diario de la jornada escolar que dedica el establecimiento educativo para promover el bienestar y la formación integral de sus estudiantes. Este descanso se desarrollará entre los períodos de clase, por lo que se destinarán cinco (5) minutos de cada periodo de (60) minutos de la jornada laboral presencial para asegurar el acompañamiento docente, reconociendo así la responsabilidad de los establecimientos educativos como garantes del bienestar de los estudiantes".
Se destinarán 5 minutos por cada 60 minutos de la jornada para el descanso pedagógico estudiantil. Foto:iStock
El decreto surge como resultado de los acuerdos alcanzados entre el Gobierno Nacional y la Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación (Fecode) el 5 de julio de 2023, con el objetivo de mejorar las condiciones laborales de los maestros.
Esta normativa comenzará a regir desde su publicación y será de aplicación en todos los colegios públicos del país.