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¿Se encuentra ‘varado’ en el extranjero? Pasos para regresar al país

Esto es lo que debe saber sobre los vuelos humanitarios realizados por el Gobierno.

2.	Aeropuerto Internacional Libertad de Newark, Estados Unidos
El 90% de los vuelos en este aeropuerto se encuentran suspendidos. Antes de la llegada del coronavirus despegaban aviones para alrededor de 69 destinos, ahora las operaciones son casi nulas. Al día se reportaban 139 vuelos, sin embargo en las últimas semanas el promedio ha sido de 15 viajes diarios.

2. Aeropuerto Internacional Libertad de Newark, Estados Unidos El 90% de los vuelos en este aeropuerto se encuentran suspendidos. Antes de la llegada del coronavirus despegaban aviones para alrededor de 69 destinos, ahora las operaciones son casi nulas. Al día se reportaban 139 vuelos, sin embargo en las últimas semanas el promedio ha sido de 15 viajes diarios. Foto: AFP

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Ante la problemática que aqueja a varios ciudadanos a causa de la suspensión de vuelos internacionales por la emergencia sanitaria suscitada por el coronavirus, el Gobierno nacional ha autorizado la llegada de algunos vuelos de carácter humanitario
Esta labor, que se ha venido adelantando en los últimos meses, hace parte de la estrategia desarrollada para brindar asistencia a los nacionales colombianos que se encontraban en viajes temporales (de turismo o de negocios), estudiantes que terminaban sus clases o que están afectados por cierres de centros académicos a causa de la pandemia y trabajadores temporales que han terminado sus empleos.
“El compromiso de todos nuestros funcionarios, dentro y fuera de Colombia, sigue siendo trabajar sin descanso hasta lograr que todos nuestros connacionales puedan retornar”, aseguró la Canciller, Claudia Blum.

Haga su solicitud:

Si usted o uno de sus familiares desea embarcarse en alguno de estos vuelos, recuerde estos son los pasos que debe seguir:
1. Comuníquese con el consulado más cercano: el ciudadano colombiano que se encuentra en el exterior debe arse con el Consulado más cercano y manifestarle su intención de regresar a Colombia. Es importante que recuerde entregar toda su información personal y de o, así como cualquier dato relevante acerca de su estado de salud.
2. Evaluación de la viabilidad del vuelo: con la información que recopilen la embajada y el consulado de Colombia en el país respectivo, evalúan y coordinan con las entidades competentes del Gobierno nacional la viabilidad del vuelo de carácter humanitario, para determinar la fecha de su llegada al país.
3. En caso de que su solicitud sea aprobada: el consulado informará a los connacionales que están inscritos en el Registro Consular la fecha y hora del vuelo, y las condiciones a las que se deben someter los viajeros, de conformidad con el protocolo establecido por Migración Colombia. Así mismo, el viajero tendrá la obligación de pagar el costo del tiquete y firmar el acta de compromiso en la cual se compromete a respetar la medida de aislamiento obligatorio de catorce (14) días en la ciudad a donde llegue el vuelo, así como a asumir los costos del viaje, de su alojamiento y manutención.
4. Previo al embarque: los ciudadanos colombianos deberán diligenciar el formulario de 'Control Preventivo Contra el Coronavirus', en el cual suministrarán información acerca de su estado de salud, así como del lugar donde pasarán la medida de aislamiento, a través de la página web de Migración Colombia.
5. Medidas de bioseguridad: Durante todo el viaje, en su llegada al país y en el recorrido a casa o lugar de alojamiento, los viajeros deberán usar en todo momento tapabocas y guantes.
7. Tamizaje en salud: al arribo a Colombia, los ciudadanos colombianos serán valorados por las autoridades de salud, en este caso las Entidades Territoriales de Salud de la jurisdicción donde arribe el vuelo, quienes realizarán una toma de temperatura de los viajeros y una explicación acerca de los síntomas y cuidados que se deben tener frente al COVID-19.
8. Control migratorio: para poder ingresar al territorio nacional el ciudadano colombiano deberá presentar a Migración Colombia el comprobante del Formulario del Control Preventivo Contra el Coronavirus, debidamente diligenciado, así como el acta de compromiso que firmó ante el Consulado, acompañado del documento de viaje o de identidad.
9. Medida de aislamiento obligatorio: cuando llegue a Colombia, recuerde que debe cumplir con una medida de autoaislamiento obligatoria de catorce (14) días en la ciudad colombiana donde arribe el vuelo. El cumplimiento de esta medida podrá ser verificado por Migración Colombia, la Policía Nacional o las Entidades Territoriales de Salud municipales o departamentales. Así mismo, el viajero, deberá asumir la totalidad de los costos que se generen con ocasión de su aislamiento, como transporte urbano hasta su domicilio u hospedaje, si no vive en la ciudad de arribo, y alimentación, entre otros. EL ABC para vuelos de carácter humanitario.
10. Seguimiento por parte de las autoridades: diariamente Migración Colombia hará llegar al Ministerio de Salud, a las Entidades Territoriales de Salud departamentales o distritales, así como a las municipales que lo requieran, el listado de viajeros procedentes del exterior, con el fin de que éstas validen y hagan seguimiento al estado de salud de cada uno de los viajeros. En caso de que algún viajero, después de llegar al país presentara algún síntoma relacionado con el COVID-19, deberá aislarse en su vivienda o lugar de hospedaje y comunicarse de inmediato con las autoridades de salud.
ELTIEMPO.COM

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