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Noticia

¿Puede la rama ejecutiva forzar a sus trabajadores para que asistan a las manifestaciones?

Entidades han hecho la invitación a sus empleados y ciudadania para vayan a la marcha de hoy. Abogados responden. 

Está ubicada entre las carreras Séptima y Octava con calles Décima y Once.

En la Plaza de Bolívar habrá una concentración. Foto: iStock

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PERIODISTA JUDICIALActualizado:

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Para este martes, el presidente Gustavo Petro convocó movilizaciones en todo el país en defensa de la reforma laboral, y respaldar el mecanismo de consulta popular que propuso como una vía alterna al trámite parlamentario para su aprobación.
Con la finalidad de garantizar la participación de la ciudadanía, el Ejecutivo decretó Día Cívico “para que ningún trabajador sea despedido por ejercer su derecho a la protesta”. 
Este recurso (decreto de Día Cívico) solo tiene impacto para el funcionario del orden nacional, de manera que los alcaldes y gobernadores pueden disponer lo contrario sin que esto acarree alguna consecuencia legal. 
El presidente Gustavo Petro realizó una alocución el martes para anunciar la consulta popular. Estuvo acompañado de congresistas 
del Pacto Histórico, algunos de sus ministros, entre ellos Armando Benedetti, sindicalistas y la guardia indígena.

El presidente Gustavo Petro. Foto:Joel Gonzalez. Presidencia

Lo anterior, toda vez que el decreto aplica solo para las entidades que hacen parte de la Rama Ejecutiva. Los mandatarios de municipios y departamentos son autónomos al ser las máximas autoridades en sus jurisdicciones.
En razón de ello, desde las distintas cuentas en redes sociales de los ministerios y entidades del gobierno han hecho una invitación para que sus trabajadores y el público en general asistan a la manifestación.
“Porque el cambio se construye con la gente, respaldamos las reformas que garantizan mejores oportunidades para todas y todos. Este martes 18 de marzo, nos movilizamos juntos y decimos #SíALasReformas”, se lee en varios de los mensajes difundidos.
La razón de este aumento viene desde 1991.

La razón de este aumento viene desde 1991. Foto:Archivo EL TIEMPO / Néstor Gómez

¿Qué dicen los juristas?

Lo anterior ha sido entendido por varios trabajadores como un mensaje en el que “los obligan” a asistir a las manifestaciones.
EL TIEMPO consultó a varios juristas para conocer si los trabajadores de la rama ejecutiva pueden ser forzados a asistir a las manifestaciones.
El abogado Enan Arrieta sostuvo que en Colombia hay libertad de oficio y de protesta. “Se puede instar, invitar, hasta generar incentivos, pero no forzar ni sancionar a quien no marche”.
“Forzar jamás, las marchas son libres”, señaló el penalista Iván Canino, quien coincide con Arriera al indicar que las entidades “pueden darles el día libre a sus trabajadores y ellos verán si asisten, pero forzarlos a que vayan a las manifestaciones, jamás”.
Por su parte, el analista Francisco Bernate señaló que en ningún caso se puede “obligar a marchar o impedir que se marche”.
Redacción Justicia

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