En este portal utilizamos datos de navegación / cookies propias y de terceros para gestionar el portal, elaborar información estadística, optimizar la funcionalidad del sitio y mostrar publicidad relacionada con sus preferencias a través del análisis de la navegación. Si continúa navegando, usted estará aceptando esta utilización. Puede conocer cómo deshabilitarlas u obtener más información aquí

CLUB VIVAMOS
Suscríbete
Disfruta de los beneficios de El Tiempo
SUSCRÍBETE CLUB VIVAMOS

¡Hola !, Tu correo ha sido verficado. Ahora puedes elegir los Boletines que quieras recibir con la mejor información.

Bienvenido , has creado tu cuenta en EL TIEMPO. Conoce y personaliza tu perfil.

Hola Clementine el correo [email protected] no ha sido verificado. Verificar Correo

icon_alerta_verificacion

El correo electrónico de verificación se enviará a

Revisa tu bandeja de entrada y si no, en tu carpeta de correo no deseado.

SI, ENVIAR

Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí. Iniciar sesión

Hola, bienvenido

¿Cual es la ciudad colombiana clasificada como la más peligrosa del mundo?
¿Cómo va el juicio al expresidente Álvaro Uribe?
¿Accidente de bus en Calarcá?
Frío inusual en Bogotá explicado por el Ideam

Noticia

¿En qué casos los padres deben mantener a los hijos así sean mayores de edad? Conozca que dice la ley en Colombia

La obligación de alimentos incluye aspectos básicos como vivienda, educación, salud y vestimenta.

Auxilio monetario

Auxilio monetario Foto: iStock

Alt thumbnail

PERIODISTAActualizado:

00:00
00:00

Comentar

Whatsapp iconFacebook iconX iconlinkeIn iconTelegram iconThreads iconemail iconiconicon
La mayoría de edad en Colombia se suele ver como el principio de una vida adulta, pues el adolescente en la mayoría de los casos ya puede valerse por si mismo a través de, por ejemplo, un empleo. Sin embargo, no todos los padres conocen que por ley los cuidadores deben seguir apoyando financieramente a sus hijos así ya sean mayores de edad.
De acuerdo con la ley colombiana estos son los casos en los que un hijo o hija puede exigir que se le siga ayudando. 
Los derechos de los niños y adolescentes están regulados por el Código Civil y la Ley 1098 de 2006 (Código de la Infancia y Adolescencia). Un texto en el cual se establece que deben recibir los medios necesarios para su completo desarrollo.
Foto de referencia.

Un hijo o hija puede exigir que se le siga ayudando. Foto:Stock Adobe

¿En qué casos es obligatorio seguir apoyando a un jóven mayor de edad?

Cabe resaltar que, la obligación de alimentos incluye aspectos básicos como vivienda, educación, salud y vestimenta. Sin embargo, para que esta obligación se mantenga, es necesario demostrar que el hijo mayor de edad no ha alcanzado la independencia económica, ya sea por razones académicas, de salud o de necesidad.
Asimismo, el Instituto Colombiano del Bienestar Familiar informa que los principales casos en los que los padres deben seguir manteniendo a sus hijos mayores de edad son los siguientes:
  • Hijos que están estudiando y no se valen por si mismos, se les debe ayudar hasta los 25 años.
  • Si el hijo, aunque sea mayor de edad, tiene alguna discapacidad física o mental que le impida proveerse de su propio sustento, los padres están obligados a mantenerlo.
En el caso de la dependencia hasta los 25 años puede ser antes dependiendo de las circunstancias específicas.
Incluso, en algunos casos, si el hijo mayor de edad atraviesa una situación económica extremadamente difícil y no cuenta con los medios para mantenerse, puede solicitar una pensión de alimentos a sus padres, siempre y cuando se demuestre la necesidad y la incapacidad de obtener recursos propios.

No solo los hijos tienen derecho a alimentos: ¿Quiénes más pueden reclamarlos?

El artículo 411 del Código Civil, habla que el derecho a recibir alimentos no está reservado únicamente para los hijos. Este beneficio puede ser reclamado por diversos familiares, dependiendo de la necesidad y la relación de solidaridad entre el obligado y el beneficiario. Entre las personas que pueden solicitar alimentos se encuentran:
Los hijos, ya sean matrimoniales, extramatrimoniales o adoptivos.
  • El cónyuge.
  • Los padres naturales o adoptivos.
  • Los hermanos legítimos.
La obligación de brindar alimentos se basa en tres principios clave: la necesidad del beneficiario, la capacidad del obligado para proporcionar la asistencia sin sacrificar su propia subsistencia, y el deber de solidaridad entre ambas partes.
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS
VANESSA PÉREZ CASTELLANOS

Sigue toda la información de Justicia en Facebook y X, o en nuestra newsletter semanal.

00:00
00:00

Comentar

Whatsapp iconFacebook iconX iconlinkeIn iconTelegram iconThreads iconemail iconiconicon

Conforme a los criterios de

Logo Trust Project
Saber más
Sugerencias
Alt thumbnail

BOLETINES EL TIEMPO

Regístrate en nuestros boletines y recibe noticias en tu correo según tus intereses. Mantente informado con lo que realmente te importa.

Alt thumbnail

EL TIEMPO GOOGLE NEWS

Síguenos en GOOGLE NEWS. Mantente siempre actualizado con las últimas noticias coberturas historias y análisis directamente en Google News.

Alt thumbnail

EL TIEMPO WHATSAPP

Únete al canal de El Tiempo en WhatsApp para estar al día con las noticias más relevantes al momento.

Alt thumbnail

EL TIEMPO APP

Mantente informado con la app de EL TIEMPO. Recibe las últimas noticias coberturas historias y análisis directamente en tu dispositivo.

Alt thumbnail

SUSCRÍBETE AL DIGITAL

Información confiable para ti. Suscríbete a EL TIEMPO y consulta de forma ilimitada nuestros contenidos periodísticos.

Mis portales