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¿Tienen futuro los pedidos del Gobierno para que la Corte aclare fallos?

Tras negativa en caso de eutanasia, hay otro recurso por fallo sobre el servicio militar. Debate.

Sala Plena Corte Constitucional

Sala Plena Corte Constitucional Foto: Corte Constitucional

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El año pasado el Gobierno presentó dos peticiones de aclaración sobre decisiones de connotación nacional que tomó la Corte Constitucional, como el fallo que amplió la eutanasia a pacientes no terminales y el que exoneró a las comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras de la prestación del servicio militar.
¿Qué implicaciones tienen estos recursos?
En el primer caso, en el que la Corte extendió la posibilidad de la eutanasia a pacientes que padezcan intenso sufrimiento físico o psíquico por lesión corporal o enfermedad grave e incurable, el Ministerio de Salud estimó que la decisión tenía elementos ambiguos y abiertos a interpretación.
Y, por eso, le hizo preguntas a la Corte sobre qué se debía entender por “lesión corporal”, sobre los límites para realizar los procedimientos, por la regulación que deberá hacerse, entre otros.
En el segundo caso, el Ministerio de Defensa presentó un recurso de aclaración, revelado por EL TIEMPO, en el que pide a la Corte precisar el momento en el que la sentencia empieza a regir, debido a que, en su criterio, la decisión de excluir a las comunidades Narp del servicio militar tiene un impacto profundo en el reclutamiento.
Para el Ministerio, poder aplicar el fallo requiere de un censo, así como de labores de coordinación con el Ministerio del Interior y por eso, le dijo a la Corte que, en su criterio, se necesita el texto completo del fallo para poder tomar las decisiones correspondientes para el ajuste del pie de fuerza. Además, dijo, que la decisión no les ha sido notificada.
Aunque no es posible hablar de tendencia, ya que se trata de dos peticiones, es claro que los recursos se presentaron sobre decisiones de connotación nacional y dentro de los términos para hacerlo.  Expertos consultados por EL TIEMPO advirtieron que este recurso se suele usar para, por ejemplo, pedir la aclaración de un dato erróneo en la sentencia, para precisar frases que puedan generar duda o confusión, entre otros.
Juan Carlos Ospina, docente, abogado y asesor de la Comisión Colombiana de Juristas, quien ha litigado ante la Corte y es uno de los demandantes del caso del servicio militar, estimó que si bien se trata de una legítima posibilidad procesal, a veces se usa con la intención de “irrespetar la decisión judicial y aplazar su cumplimiento”.
“Por ejemplo, solicitar la aclaración de una sentencia de constitucionalidad para que se indique desde cuándo tiene efectos, lo que ha establecido claramente la Corte Constitucional en múltiples decisiones, es un desatino”, dijo.
Para Ospina, lo mismo sucede cuando se hacen peticiones en los recursos de aclaraciones que parecen más una consulta sobre cómo debe ser el camino a seguir, “siendo ello algo que le corresponde a la autoridad correspondiente del Gobierno.
Otro experto consultado por este diario señaló que no se trata de que las decisiones de la Corte no sean claras, sino que a veces se usan los recursos de aclaración como “patadas de ahogado”.
El jurista precisó que, además, la Corte no puede actuar como órgano de consulta ni decir cómo el Gobierno debería implementar sus decisiones, ya que es posible que en el futuro termine conociendo de recursos contra esas reglamentaciones.
Para el experto consultado lo pertinente para evitar estas situaciones es hacer defensas más sólidas cuando los debates están en marcha y no cuando ya están zanjados.
Por su lado, el expresidente de la Corte Constitucional, José Gregorio Hernández, explicó que las sentencias del alto tribunal hacen tránsito a cosa juzgada y que en su contra no cabe un recurso.
Lo único que existe son los recursos de nulidad, que resuelve la Sala Plena, pero únicamente por irregularidades que impliquen violación del debido proceso. Hernández explicó que “los fallos de la Corte deben ser cumplidos y punto”, aunque es claro que sí se puede disentir de ellos. No obstante, el jurista dijo que si la Corte publicara sus decisiones completas más rápido, no habría lugar a dudas
“La Corte Constitucional debe corregir la forma en que actualmente da a conocer sus providencias. Se demora meses en entregar los textos completos y eso también genera inseguridad jurídica y dificulta el cumplimiento de las sentencias. La Corte dice ahora que sus fallos rigen desde el día de la Sala que fueron aprobados, y comunican la parte resolutiva. Pero nunca he estado de acuerdo con eso y he criticado y seguiré criticando esa tesis. El comunicado no es sentencia”, expresó.
EL TIEMPO hizo una búsqueda de escritos del Gobierno presentados en 2021 y encontró respuestas del Ministerio de Justicia a peticiones de nulidad que ha hecho el ciudadano Harold Suá Montaña –quien ha sido sancionado por la misma Corte por presentar múltiples recursos infundados-, pidiendo desestimar sus argumentos por ser manifiestamente improcedentes.
Lo hizo por ejemplo en el caso de la sentencia C-119 de 2021, en la cual la Corte avaló el régimen especial para adquirir la nacionalidad colombiana por nacimiento para los hijos e hijas de venezolanos nacidos en Colombia. El Ministerio dijo que los argumentos de Suá no procedían y pidió dejar en firme la decisión. También lo hizo en el caso de la sentencia C-093 de 2021 en la cual la Corte tumbó una circunstancia de agravación del delito de menores, entre otros.
En cuanto ha nulidades, este Gobierno presentó una en contra de la decisión de tutela que revivió las curules de paz pero, como se sabe, una vez se hizo pública la petición, la misma fue retirada y el presidente Duque procedió a cumplir con el fallo.

La posición de la Corte

En la primera aclaración relacionada con la decisión de la Corte que extendió la posibilidad de la eutanasia a pacientes que padezcan intenso sufrimiento físico o psíquico por lesión corporal o enfermedad grave e incurable, el Ministerio de Salud estimó que la decisión tenía elementos ambiguos y abiertos a interpretación. Y, por eso, le hizo preguntas a la Corte.
Esa petición de aclaración la rechazó la Corte, por improcedente, a comienzos de diciembre, señalando que lo que realmente estaba presentando el Ministerio eran argumentos “dirigidos a controvertir la decisión, a reabrir debates o a efectuar consultas”, elementos que son todos ajenos al recurso de aclaración.
En su respuesta, la Corte indicó que no puede actuar como un órgano consultivo, aseguró que su sentencia era clara y precisa, y que algunas de las preguntas eran un intento de “reabrir la discusión zanjada, derivado de una inconformidad con los planteamientos de la Corporación”.
Y se pronunció sobre una polémica que se generó en ese momento con el fallo, luego de que el Ministerio de Salud dijo abiertamente que, al no haber sido notificados ni estar el texto completo de la decisión, la misma no se podía aplicar todavía.
La Corte reiteró que en el caso de “decisiones de constitucionalidad, siempre que la Corte no establezca efectos diferidos, esta surtirá efectos desde el instante en que un contenido normativo sea hallado incompatible con la Constitución o, de ser el caso, objeto de un condicionamiento para su validez”, dijo. En términos prácticos, el alto tribunal reiteró que desde el día siguiente al que se tomó la decisión y esta es divulgada, la misma tiene efecto, sin que sea necesaria notificación alguna.
Sobre el segundo caso, de la exención del servicio militar, la Corte no se ha pronunciado y el Gobierno está a la espera de su respuesta, aunque se espera que la Corte reitere su criterio, en el sentido de expresar que no es necesario tener el texto completo ni notificación pues los efectos de sus decisiones empiezan a regir desde el día siguiente, siempre que no se hayan expresado términos al respecto en los fallos.

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