En este portal utilizamos datos de navegación / cookies propias y de terceros para gestionar el portal, elaborar información estadística, optimizar la funcionalidad del sitio y mostrar publicidad relacionada con sus preferencias a través del análisis de la navegación. Si continúa navegando, usted estará aceptando esta utilización. Puede conocer cómo deshabilitarlas u obtener más información
aquí
Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí. Iniciar sesión
¡Hola! Parece que has alcanzado tu límite diario de 3 búsquedas en nuestro chat bot como registrado.
¿Quieres seguir disfrutando de este y otros beneficios exclusivos?
Adquiere el plan de suscripción que se adapte a tus preferencias y accede a ¡contenido ilimitado! No te
pierdas la oportunidad de disfrutar todas las funcionalidades que ofrecemos. 🌟
¡Hola! Haz excedido el máximo de peticiones mensuales.
Para más información continua navegando en eltiempo.com
Error 505
Estamos resolviendo el problema, inténtalo nuevamente más tarde.
Procesando tu pregunta... ¡Un momento, por favor!
¿Sabías que registrándote en nuestro portal podrás acceder al chatbot de El Tiempo y obtener información
precisa en tus búsquedas?
Con el envío de tus consultas, aceptas los Términos y Condiciones del Chat disponibles en la parte superior. Recuerda que las respuestas generadas pueden presentar inexactitudes o bloqueos, de acuerdo con las políticas de filtros de contenido o el estado del modelo. Este Chat tiene finalidades únicamente informativas.
De acuerdo con las políticas de la IA que usa EL TIEMPO, no es posible responder a las preguntas relacionadas con los siguientes temas: odio, sexual, violencia y autolesiones
Noticia
Corte Suprema deja en firme condena contra ocho extrabajadores por fraude en Foncolpuertos
Los procesados buscaban modificar las condenas impartidas por un juzgado de Bogotá en 2022.
Corte deja en firme condena contra ocho extrabajadores por el caso de foncolpuertos Foto: Archivo Particular
La Corte Suprema dejó en firme la condena a ocho extrabajadores de Foncolpuertos por el delito de peculado por apropiación agravado, quienes, inconformes con la decisión, interpusieron una demanda con el fin de modificar la pena.
Según los registros, el 8 de septiembre de 2022, el Juzgado 16 Penal del Circuito de Bogotá emitió una sentencia condenatoria contra varios exrepresentantes de Foncolpuertos (fondo de pensiones de la liquidada Empresa Puertos de Colombia), por su participación en un fraude relacionado con pagos irregulares a extrabajadores de la empresa.
De acuerdo con la sentencia, estos pagos fueron establecidos en una conciliación firmada en 1998 entre la apoderada de Foncolpuertos, Luz Dary Velasco, y Alfonso Emilio Collante Pacheco, condenado a 98 meses de prisión y una multa de 3 mil millones de pesos.
Collante Pacheco representó a siete extrabajadores, condenados por el Juzgado 16 Penal del Circuito de Bogotá, quienes cumplen penas de prisión: Edgardo De Jesús Rodríguez González (118 meses), Armando Rafael Ospino Hernández (82 meses), José Domiciano Gómez Monroy (80 meses), Arnoldo Rafael Fandiño García (91 meses), Rafael Ángel Cabarcas Romero (82 meses), Jorge Enrique Rúa Carrillo (74 meses) y Luis Guillermo De Las Salas Fernández (75 meses).
Además, por orden del juzgado, los condenados fueron inhabilitados para ejercer cargos públicos.
La conciliación incluyó un pago por un total de 3.643 millones de pesos, correspondiente a acreencias de los trabajadores por concepto de primas, vacaciones, huelga, subsidio de transporte, horas extra, entre otros beneficios, que, según la sentencia, en realidad no tenían fundamento legal ni fáctico.
Pese a la confirmación de la sentencia, los abogados de los procesados interpusieron un recurso de casación, buscando modificar las penas impuestas.
La decisión de la Corte
Corte deja en firme condena contra ocho extrabajadores de Foncolpuertos Foto:Archivo Particular
El caso escaló hasta la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema, donde los defensores de los procesados alegaron que, según algunas decisiones previas de la Corte Suprema de Justicia, como la sentencia SP196-2023, la afiliación a Foncolpuertos y la pertenencia al sindicato no son suficientes para determinar la responsabilidad penal.
Según los defensores, los acusados carecían del nivel de instrucción necesario para cometer el delito y se requerían otros elementos probatorios para establecer una conexión clara entre los abogados y los actos ilegales.
Sin embargo, la Corte rechazó estos argumentos, destacando que en este caso no solo se había considerado la vinculación de los procesados a Foncolpuertos y su relación con el sindicato. Los jueces tomaron en cuenta otros factores, como las múltiples reclamaciones y el otorgamiento de poderes a varios abogados.
Además, la Corte señaló que se demostró que los procesados tenían conocimiento de la ilegalidad de sus acciones, lo que permitió concluir que actuaron de manera intencional y con plena conciencia de sus actos.
“Existen elementos suficientes para verificar que los procesados sabían de la ilegalidad de las peticiones”, se lee en el documento que initió la demanda presentada por los ocho extrabajadores.