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Corte Constitucional fija precedente en tarjeta profesional para abogados
Ordenó a la Judicatura expedir el documento con carácter definitivo sin exigir aprobación del examen
La Corte estudio tres tutelas. Foto: iStock

PERIODISTA JUDICIALActualizado:
Nuevos lineamientos fijó la Corte Constitucional respecto a los abogados que buscan la expedición de su tarjeta profesional.
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La Sala Plena de la corporación, al revisar tres expedientes de tutela acumulados de tres personas que se graduaron del pregrado en Derecho y solicitaron su tarjeta profesional en el año 2022, tomó la decisión de amparar el derecho a la libre escogencia y ejercicio de la profesión de abogados.
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“Estas personas, en principio, serían destinatarias de lo dispuesto en la Ley 1905 de 2018, que estableció el Examen de Estado como requisito adicional para la obtención de la tarjeta profesional de abogado. Dicha ley le encomendó la creación e implementación de la prueba al Consejo Superior de la Judicatura, pero a la fecha de la solicitud de los accionantes e incluso de esta providencia, no se había materializado la primera aplicación del mencionado examen”, señaló la Corte en un comunicado.
En esos casos, el Consejo Superior de la Judicatura les expidió unas tarjetas profesionales provisionales, con vigencia hasta la publicación de los resultados de la primera prueba.
Sesión en la Corte Constitucional. Foto:EL TIEMPO
La Sala Plena, con ponencia de la magistrada Natalia Ángel Cabo abordó el análisis de los casos concretos. “Observó que el Consejo Superior de la Judicatura no actuó con la debida diligencia respecto de su deber de crear e implementar el examen de Estado reglado en la Ley 1905 de 2018”.
Así las cosas, ante la propia omisión en la implementación del Examen, el Consejo Superior de la Judicatura, optó por expedirles a los graduados destinatarios de la Ley 1905 de 2018 unas ‘sui generis’ tarjetas profesionales de abogado, pero de carácter provisional, con vigencia hasta la publicación de los resultados de la primera prueba.
La magistrada de la Corte Constitucional, Natalia Ángel Foto:Cortesía
La Corporación precisó que la expedición de una tarjeta profesional con carácter provisional, por parte del Consejo Superior de la Judicatura, “estableció una nueva categoría de tarjeta que, aunque habilita para ejercer la representación de las personas en cualquier trámite que requiera un abogado, acredita su idoneidad profesional de manera temporal y supeditada a la condición de aprobar el Examen de Estado”.
En consecuencia, la Corte ordenó al Consejo Superior de la Judicatura expedirle a los accionantes la tarjeta profesional de abogado con carácter definitivo y sin la exigencia de aprobación del Examen de Estado previsto en la Ley 1905 de 2018.
La Corte otorgó efectos inter pares a esta decisión, y en virtud de ellos resolvió que estas mismas órdenes deberán cumplirse frente a todas aquellas personas graduadas del pregrado en Derecho y destinatarias de la Ley 1905 de 2018 a quienes el Consejo Superior de la Judicatura hubiere expedido tarjeta profesional provisional y que presentaron la solicitud de tarjeta antes de las cero horas (0:00) del 26 de diciembre de 2023, fecha en la cual dicha entidad abrió las inscripciones para la primera aplicación del Examen de Estado,
Dentro de las decisiones de la Corte está ordenar al Consejo Superior de la Judicatura que si al 30 de mayo de 2024 no se ha llevado a cabo la aplicación de la primera prueba del Examen de Estado dispuesto en la Ley 1905 de 2018, “deberá expedir la tarjeta profesional definitiva a todas las personas que hayan sido itidas como inscritas al examen, de conformidad con la convocatoria realizada mediante el Acuerdo PCSJA23-12127 del 22 de diciembre de 2023, siempre y cuando satisfagan los demás requisitos para la expedición de la tarjeta profesional”.
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