En este portal utilizamos datos de navegación / cookies propias y de terceros para gestionar el portal, elaborar información estadística, optimizar la funcionalidad del sitio y mostrar publicidad relacionada con sus preferencias a través del análisis de la navegación. Si continúa navegando, usted estará aceptando esta utilización. Puede conocer cómo deshabilitarlas u obtener más información
aquí
Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí. Iniciar sesión
¡Hola! Parece que has alcanzado tu límite diario de 3 búsquedas en nuestro chat bot como registrado.
¿Quieres seguir disfrutando de este y otros beneficios exclusivos?
Adquiere el plan de suscripción que se adapte a tus preferencias y accede a ¡contenido ilimitado! No te
pierdas la oportunidad de disfrutar todas las funcionalidades que ofrecemos. 🌟
¡Hola! Haz excedido el máximo de peticiones mensuales.
Para más información continua navegando en eltiempo.com
Error 505
Estamos resolviendo el problema, inténtalo nuevamente más tarde.
Procesando tu pregunta... ¡Un momento, por favor!
¿Sabías que registrándote en nuestro portal podrás acceder al chatbot de El Tiempo y obtener información
precisa en tus búsquedas?
Con el envío de tus consultas, aceptas los Términos y Condiciones del Chat disponibles en la parte superior. Recuerda que las respuestas generadas pueden presentar inexactitudes o bloqueos, de acuerdo con las políticas de filtros de contenido o el estado del modelo. Este Chat tiene finalidades únicamente informativas.
De acuerdo con las políticas de la IA que usa EL TIEMPO, no es posible responder a las preguntas relacionadas con los siguientes temas: odio, sexual, violencia y autolesiones
Mayorías y requisitos en asambleas, manejo de documentos y cuota de seguridad externa
Nora Pabón responde a consultas diversas de los lectores.
Fachada del conjunto Parque Residencial El Tintal 1 y 2, en la localidad de Kennedy, Bogotá. Foto: EL TIEMPO
Los lectores preguntan: “Se va a reformar el RPH de la copropiedad y el quórum se conformó con el 76 por ciento de los coeficientes de los asistentes; la votación con este quórum fue del 69 por ciento 'sí reformar' y 7 por ciento 'no reformar'. ¿Es válida la votación para autorizar la reforma?”.
No es suficiente este quórum para decidir la reforma del reglamento, pues el exigido por la Ley 675 de 2001, para los casos en que se requiera quórum calificado es del 70 por ciento del total de coeficientes de copropiedad (artículo 46).
10 mandamientos para hacer una buena asamblea de copropietarios Foto:123RF
Pregunta:
“¿Puede postularse al consejo de istración una persona propietaria que no vive en la propiedad? ¿Cuál ley que informa esto? “.
Respuesta:
La respuesta es afirmativa. No es necesario que los consejeros residan en el Conjunto residencial, pues de lo contrario estarían perdiendo sus derechos de ser elegidos y ejercer ciertas funciones como el nombramiento del , la imposición de sanciones y otras consagradas en los reglamentos y en la Ley.
“En el conjunto vive un copropietario, que en el año 2012 tuvo una diferencia de pagos con la istración de entonces. A la fecha, solicita copia de los documentos de ese año. En el 2015 tuvo un problema en el parqueadero con el vehículo de su propiedad que no lo tenía parqueado en el sitio asignado.
Las istraciones y consejo de entonces no le solucionaron estos inconvenientes y solicita se activen estos dos inconvenientes con la istración actual. ¿Existe en las copropiedades caducidad en la entrega de documentos, y qué término tienen?".
Los documentos que se presentaron deben quedar en los archivos de la copropiedad.
Respuesta:
El propietario puede solicitar que se resuelva en cualquier momento su problema si este persiste y si no tuvo solución ni decisión definitiva, sino con una istración anterior.
Además, los documentos que se presentaron no deben quedar en poder de los es, sino en los archivos de la copropiedad para ser consultados en cualquier momento por los propietarios.
En cuanto a la guarda y conservación de los documentos durante un lapso determinado, varía según las normas de cada materia: si son contables, laborales, istrativos u otros.
Cuando el conjunto asume la vigilancia del espacio público
Pregunta:
“En el conjunto donde vivo, desde hace años se viene cobrando a los propietarios de los apartamentos una cuota obligatoria por concepto de vigilancia externa que asciende a la suma de $47.000 mensuales adicionales a la cuota de istración.
Solicitamos la norma o figura jurídica donde se estipula que dicho cobro es ilegal, ya que dicha función corresponde a la Policía”.
9. Cosequín San Martín. Este caso ocurrió en septiembre. Está relacionado con la cartelización en la vigilancia y seguridad privada. La multa impuesta por la Superindustria asciende a 614,4 millones de pesos. Foto:Archivo El Tiempo
Respuesta:
Si es una decisión de la asamblea, esta es obligatoria, pero cualquier propietario puede impugnarla cuando no se ajuste a la Ley o al respectivo reglamento de propiedad horizontal.
La vigilancia de las zonas de espacio público compete a la Policía. Sin embargo, para garantizar mejor la seguridad en muchas compañías de vigilancia se ofrece entre sus servicios un vigilante que cubre el exterior de cada conjunto.
Considero que al elaborar y aprobar el presupuesto, incluyendo una disponibilidad para vigilancia o aseo en las calles aledañas, se debió hacer una evaluación por la istración y la asamblea de propietarios en cuanto al manejo y destinación de estos recursos de la copropiedad, así como la seguridad.
NORA PABÓN GÓMEZ
Abogada - asesora externa
Consultas
Envíe su pregunta, muy concreta y sin anexos, al correo: [email protected]