En este portal utilizamos datos de navegación / cookies propias y de terceros para gestionar el portal, elaborar información estadística, optimizar la funcionalidad del sitio y mostrar publicidad relacionada con sus preferencias a través del análisis de la navegación. Si continúa navegando, usted estará aceptando esta utilización. Puede conocer cómo deshabilitarlas u obtener más información aquí

CLUB VIVAMOS
Suscríbete
Disfruta de los beneficios de El Tiempo
SUSCRÍBETE CLUB VIVAMOS

¡Hola !, Tu correo ha sido verficado. Ahora puedes elegir los Boletines que quieras recibir con la mejor información.

Bienvenido , has creado tu cuenta en EL TIEMPO. Conoce y personaliza tu perfil.

Hola Clementine el correo [email protected] no ha sido verificado. Verificar Correo

icon_alerta_verificacion

El correo electrónico de verificación se enviará a

Revisa tu bandeja de entrada y si no, en tu carpeta de correo no deseado.

SI, ENVIAR

Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí. Iniciar sesión

Hola, bienvenido

¿Cual es la ciudad colombiana clasificada como la más peligrosa del mundo?
¿Cómo va el juicio al expresidente Álvaro Uribe?
¿Accidente de bus en Calarcá?
Frío inusual en Bogotá explicado por el Ideam

Explicativo

¿Los comparendos tienen fecha de vencimiento y se pueden apelar? Esto dice la ley en Colombia

Las multas de tránsito no solo se dirigen a conductores de vehículos, los ciclistas y los peatones también pueden recibirlas.

Quienes incumplan de aquí en adelante la medida del Pico y placa deberán pagar una multa.
Alt thumbnail

Actualizado:

Compartir
Whatsapp iconFacebook iconX icon
Pasar por alto las reglas establecidas por las autoridades competentes se constituye como una infracción. Para el tránsito, todas estas acciones implican la imposición de una multa.
Es importante destacar que no solo los conductores de motos, camiones, carros y camionetas son quienes se enfrentan a sanciones económicas, sino también los peatones y ciclistas.
Cualquier acto que pueda afectar la movilidad o la seguridad vial, trae consigo una consecuencia. Generalmente, suelen incluir la realización de cursos y el pago de una cifra económica, dependiendo de cuál sea el caso.
“Las multas de tránsito que los infractores no paguen voluntariamente pueden ser cobradas mediante el procedimiento de cobro coactivo, el cual debe realizarse dentro del término previsto en el Inc. 2 del Art. 159 de la Ley 769 de 2002, es decir, dentro de los tres años siguientes a la ocurrencia de los hechos”, establece la Resolución 172831 del 22 de diciembre de 2021 contenida en el Manual de Cobro istrativo Coactivo de la Secretaría Distrital de Movilidad.
Tenga en cuenta estos deberes que tienen los peatones.

Así como derechos, los peatones también tienen deberes. Foto:Captura de pantalla /  CoRTESÍA Alcaldía de Barranquilla

Además, la entidad señala que dentro de este término, también se debe hacer llegar el mandamiento de pago, pues así es como lo dispone el Artículo 826 del ETN. Luego de la notificación, se interrumpirá el plazo de prescripción inicial.
Lo anterior, supone que se habilitará un nuevo proceso en el que la entidad encargada del cobro tendrá otro periodo de tres años para hacer efectiva la recuperación de la deuda.
Resulta necesario aclarar que por tener multas de tránsito sin pagar, saldos pendientes o acuerdos de pago en mora, le pueden embargar sus cuentas bancarias o sus propiedades. De hecho, en marzo de 2025 la Secretaría de Movilidad de Bogotá anunció que aplicaría 80.000 embargos por las causas antes mencionadas.
Multas

Es importante pagar las infracciones para no ponerse en riesgo Foto:iStock

¿Qué pasa si la autoridad competente no hace el cobro o no se efectúa el plazo?

Si transcurren los dos plazos establecidos por la Ley y no se logra cambiar el estatus del comparendo, el ciudadano podrá solicitar la prescripción de la multa de manera formal ante una autoridad de tránsito.
Tenga en cuenta que esta solicitud deberá ser revisada y evaluada para que se pueda tomar una decisión, es decir, no siempre será viable, pues se deben cumplir los tiempos legales.
En cuanto a los tiempos de respuesta de su petición, sepa que para saber si fue aprobada la “extinción” de la multa tendrá que esperar 15 días hábiles, debido a que ese es el periodo máximo que la Ley establece para comunicar la decisión.  
MARIANA SIERRA ESCOBAR
EQUIPO ALCANCE DIGITAL
EL TIEMPO

Más noticias en El Tiempo:

Sigue toda la información de Cultura en Facebook y X, o en nuestra newsletter semanal.

Compartir
Whatsapp iconFacebook iconX icon

Conforme a los criterios de

Logo Trust Project
Saber más