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Análisis
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Fallo anula creación de empresa La Rolita; este es el impacto para el servicio de transporte público en Bogotá
Tribunal confirma decisión de juzgado istrativo que anuló artículo de plan de desarrollo de la exalcaldesa Claudia López. Preocupación por efectos de la sentencia en el transporte público de la ciudad.
La operación de los buses y TransMiCable de La Rolita tuvo cientos de críticas. Foto: EL TIEMPO
El Tribunal istrativo de Cundinamarca declaró este jueves la nulidad del artículo en el plan de desarrollo de la alcaldesa Claudia López que autorizó en 2020 la creación de la empresa operadora de transporte público La Rolita.
El fallo fue proferido por la Sección Primera del Tribunal y confirma la decisión del Juzgado Sexto istrativo de Bogotá, que el 19 de enero de 2022 anuló el artículo 91 del Acuerdo 761 de 2020.
Más del 50 % de los operadores de La Rolita son mujeres. Foto:Sergio Acero. EL TIEMPO
Mediante esta norma se aprobó el plan de desarrollo ‘Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI’, que fue la hoja de ruta de la alcaldía de López entre 2020-2024.
El artículo 91 dice que "se autoriza a la Alcaldesa Mayor, en representación del Distrito Capital o TransMilenio S. A., para participar en la creación de una sociedad por acciones - Operadora Distrital de Transporte”.
No obstante, poco después de aprobado el plan de desarrollo por el Concejo de la ciudad, los juristas Felipe Bastidas Paredes y Germán Calderón España presentaron demandas contra dicho artículo y pidieron la nulidad. Las demandas fueron acumuladas desde la primera instancia.
Bastidas argumentó que el artículo 69 de la Ley 489 de 1998 establece que “para la creación de entidades descentralizadas, se debe contar con el estudio demostrativo que justifique la iniciativa…”
Y adujo que la no presentación de dicho estudio demostrativo “implicó también la violación del artículo 209 de la Constitución Política“.
El mencionado artículo se refiere a que la función istrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones…
La demanda de Calderón España, por su parte, expone que el artículo 91 del acuerdo distrital vulnera el numeral 1 del artículo 39 de la Ley 152 de 1994, mediante el cual se dan los lineamientos para la elaboración del proyecto de plan de desarrollo.
Este artículo establece que “el Alcalde o Gobernador elegido impartirá las orientaciones para la elaboración de los planes de desarrollo conforme al programa de gobierno al inscribirse como candidato”.
La exalcaldesa Claudia López con las mujeres conductoras de La Rolita. Foto:Archivo particular
También señala que el programa de gobierno que presentó la candidata a la alcaldía de Bogotá Claudia López ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) “no contempló la propuesta aprobada (la creación del operador público de transporte), motivo por el que se contrapone o infringe la referida Ley orgánica”.
El jurista, igualmente, plantea la vulneración del debido proceso, toda vez que el Concejo de Bogotá autorizó crear la operadora de transporte "sin que se cumplan requisitos como el estudio previo, explicación o justificación que demuestre la necesidad de su formación".
La operadora de transporte distrital se creó como una empresa mixta y cuenta con un moderno patio taller de la capital y del país, localizado en el sector de Perdomo, en Ciudad Bolívar, y una flota de 195 buses eléctricos, los cuales empezaron a rodar desde el 10 de septiembre de 2022 de manera paulatina en 11 rutas que llegan a 17 localidades.
El efecto inmediato a la confirmación de la decisión del Juzgado Sexto es que se anula la creación de la empresa La Rolita, que tiene como principal socio a TransMilenio S.A., y que además opera, a través de un contrato interistrativo, el cable aéreo de Ciudad Bolívar.
El cable aéreo de Ciudad Bolívar. Foto:Alejandro Martínez / Archivo AFP
“La misma sentencia (del Tribunal) habla de los efectos. Dice que tiene efectos “ex tunc” desde cuando se profirió el acuerdo, es decir, la echa para atrás; inclusive, habla de otros efectos que podrían darse desde el punto de vista fiscal”, le dijo el abogado Calderón a EL TIEMPO.
En efecto, la sentencia del Tribunal istrativo de Cundinamarca, proferida por el magistrado Luis Norberto Cermeño, indica que “los efectos que se deben aplicar ante la nulidad que se declara, son desde entonces (esto es, ‘ex tunc’), y se retrotraen al momento en que se expidió la disposición anulada y así se precisará en la parte resolutiva”.
No obstante, el fallo fue considerado por funcionarios de la anterior istración como “controversial” y cuestionaron que el magistrado no tuvo en cuenta los conceptos previos del Consejo de Estado que fueron expuestos por la istración de López. Dichos conceptos se referían a la creación de entidades istrativas descentralizadas y la exigencia de acompañar un estudio demostrativo que justifique la iniciativa.
Deyanira Ávila, exsecretaria de Movilidad de Bogotá Foto:Mauricio Moreno / EL TIEMPO
En conversación con este diario, la exsecretaria de Movilidad de Bogotá Deyanira Ávila se declaró “muy conmocionada” por la decisión del Tribunal istrativo y lamentó el “impacto que va a tener en la prestación del transporte público en la ciudad”.
“Todos sabemos que La Rolita entró a operar la prestación del servicio de transporte en dos zonas que estaban desatendidas y adicionalmente tiene la operación del cable”, afirmó la exsecretaria, quien destacó que esta operadora distrital de transporte es un proyecto de movilidad sostenible.
Ávila resaltó que es una empresa pública que “está prestando un servicio esencial para la movilidad de Bogotá en el marco del sistema integrado del transporte público. La complejidad no es menor y es uno de los temas que tendrá que entrar ya a revisar TransMilenio como ente gestor".
Dijo que son más de 700 trabajadores, “la mayoría mujeres, de las cuales un 50 por ciento son madres cabeza de familia que, a través de esta oportunidad de trabajo, mantienen hoy a sus hogares”. Además indicó que la decisión judicial tiene un impacto social.
La Rolita es una empresa de transporte calificada con nivel A (que presta un servicio sobresaliente) y mediante su parque automotor de 195 buses eléctricos moviliza en promedio 54.000 pasajeros al día. A esto se el suman las 34.000 validaciones diarias que tiene el cable.
La Rolita es un proyecto de movilidad sostenible en la capital del país. Foto:Archivo-HECTOR FABIO ZAMORA
Adicionalmente, a través de la red de cargadores eléctricos, que es otra unidad de negocio de La Rolita, a la fecha se han realizado más de 12.000 cargas de vehículos particulares.
En la noche de este jueves, el alcalde Carlos Fernando Galán se pronunció en su cuenta de la red social X. Dijo que quiere que Bogotá siga teniendo un operador público de transporte y van a “estudiar las distintas alternativas jurídicas y istrativas frente al fallo de nulidad (…) y haremos lo necesario para corregir los errores que se hayan cometido en la creación de La Rolita en la pasada istración”.
La gerente de TransMilenio, María Fernanda Ortiz, señaló también que “la prestación del servicio de transporte público de Perdomo y en TransMicable de Ciudad Bolívar seguirá con normalidad y que la operación de La Rolita continúa”.
Aseguró además que se reconoce la importancia estratégica de la operadora pública distrital por su aporte en la movilidad sostenible y su contribución positiva en la comunidad.
“Por esta razón estamos analizando las alternativas jurídicas para corregir los vicios de la autorización solicitada por la istración de la alcaldesa Claudia López y, de esta manera, garantizar la continuidad en la prestación del servicio de transporte público”, concluyó Ortiz.
En un principio, la empresa TransMilenio se había abstenido a pronunciarse sobre la decisión del Tribunal. En un comunicado solo indicó que como ente gestor “aún no ha sido notificado formalmente de la decisión” y señaló: “trabajaremos en todo lo que nos corresponda por garantizar la prestación del servicio de transporte público a la comunidad usuaria de la ODT S.A.S. (Operadora Distrital de Transporte)”.
Una fuente que pidió no ser citada, indicó que contra el fallo del Tribunal istrativo solo procede el recurso de revisión extraordinaria ante el Consejo de Estado o una tutela.
También estaría -según pudo establecer este diario- la posibilidad de que la actual istración distrital, como lo dijo la gerente de TransMilenio, realice un estudio que justifique la creación de la operadora distrital de transporte público y presente un proyecto de acuerdo ante el Cabildo distrital creando, de nuevo, la empresa.
Pero más allá de la decisión judicial y sus graves efectos, lo cierto es que el fallo del Tribunal es de inmediato cumplimiento, una vez sean notificadas las partes.
Esto quiere decir que la empresa TransMilenio deberá proceder con el proceso de liquidación de La Rolita y, a la vez, revisar cómo garantizar la prestación del servicio en las rutas que opera y en el TransMicable que, por un pacto de cumplimiento en el marco de una acción popular, deberá entregar la operación en septiembre de 2025.