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Noticia
'La decisión de no transmitir los consejos de ministros será impugnada': ministro Benedetti
-El ministro del Interior rechazó el fallo tomado por la Sección Tercera del Consejo de Estado.
-Aseguró que se pedirá que el tribunal en pleno asuma el estudio de la impugnación.
Armando Benedetti junto con el presidente Petro en el último consejo de ministros televisado. Foto: Presidencia
El ministro del Interior, Armando Benedetti, fue el primero de los funcionarios de Gobierno que se manifestó en contra de la decisión de la Sección Tercera del Consejo de Estado de amparar una tutela que pedí suspender la transmisión de los consejos de ministros en los canales privados. Fue crítico a la determinación.
"No se alegren tanto. La decisión de no transmitir los consejos de ministros será impugnada", dijo el responsable de la política en el gobierno Petro. "Una tutela no puede ir en contra de la Ley 182 de 1995", dijo Benedetti, haciendo referencia a la ley que le permite al primer mandatario interrumpir la programación para emitir una alocución.
El mandatario colombiano volvió a usar el horario 'prime' para transmitir el consejo de ministros. Foto:Presidencia
A renglón seguido, el ministro fue crítico con el sentido del fallo, que ampara el derecho a la información de la accionante. "Por una ciudadana que deba apagar el televisor, no se puede privar a millones de personas de que se enteren de las decisiones del Ejecutivo", dijo Benedetti.
Por último, indicó: "Por la trascendencia de este fallo, pediremos que la impugnación se resuelva en la sala plena del Consejo de Estado".
El alto tribunal, con ponencia del magistrado Alberto Montaña Plata, estudió el reclamo constitucional que hizo María Cristina Cuéllar, solicitando que protegieran su derecho a la información, el cual vio vulnerado con los consejos de ministros del presidente Gustavo Petro cada lunes en un horario prime.
Para la subsección B de la Sección Tercera, la transmisión de estos eventos organizados por el Dapre, que ya iban por el sexto, vulneró el derecho a la información porque esta es una garantía que tienen todos los estados democráticos, en los que a través de la televisión se dan visiones plurales sobre el acontecer nacional.
Consejo de ministros sobre las tarifas de energía eléctrica. Foto:Presidencia
En esa línea, el Consejo remarcó que esa libertad de consumir una variedad de contenido televisivo "no puede restringirse a la posibilidad de conocer debates o decisiones políticas del gobierno, con una única versión o interpretación de los hechos, sino que debe ir más allá y ofrecer temáticas, enfoques o asuntos de diferente índole".
Es decir, para el alto tribunal no solo deben emitirse informaciones veraces e imparciales, sino que también debe haber una pluralidad para que la ciudadanía conozca diversas realidades y temas.
"La facultad del Presidente de la República para dirigirse a los colombianos, a través de los distintos canales de televisión, no le confiere poderes omnímodos al punto de coartar derechos fundamentales como aquel que le permite a un ciudadano acceder a la información plural y no solamente a la difusión de las ideas políticas u opiniones del gobernante, o la transmisión de un consejo, reunión o debate encabezado por él, actos con un carácter natural y eminentemente político", se lee en el fallo de 17 páginas.
Sexto consejo de ministros televisado por parte del gobierno del presidente Gustavo Petro. Foto:Presidencia
Otro de los argumentos contenidos en el fallo de tutela está relacionado a que "el derecho a la información es una prerrogativa constitucional cuyo ejercicio no puede ser obligatorio, sino libre y, por lo tanto, se vulnera, como ocurrió en este caso, cuando se cercena la posibilidad de no acceder a la información difundida en los consejos de ministros y la única opción para las personas consiste en excluirse, apagando el aparato, del al servicio público de televisión".
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