Comparto plenamente el gravamen a los dividendos por cuestiones de equidad, pero debe existir una disminución de la tarifa corporativa para no vulnerar la neutralidad y competitividad empresarial.
Esa es la mayor debilidad de la reforma tributaria propuesta por el Gobierno, ya que, si nos fijamos en las cifras, no solo Colombia cuenta hoy con una tarifa del impuesto sobre la renta para personas jurídicas (35 %) muy por encima del promedio de los países de la Ocde (23,13 %), sino que, con la reforma, la tarifa combinada sociedad-socio (35 % sociedad + progresividad de hasta el 39 % por dividendos) pasaría del 41,5 al 60,35 %. Esto, además de ser la tarifa más alta de los países de la Ocde, también nos dejaría con una tasa superior a la de países cercanos como Chile, México y Costa Rica o a la de países difícilmente comparables con Colombia como Canadá, Dinamarca, Irlanda y Corea.
Es necesario reducir la tarifa comparativa e incluir la progresividad en el impuesto sobre la renta de los dividendos, pero nunca superando el promedio de la Ocde del 41,89 %. Habría que evaluar un porcentaje de descuento del impuesto pagado por la sociedad y precisar sobre quién debería recaer la retención (ojalá única), para minimizar el doble impacto.
Se requiere un diálogo completo en nuestro contrato social, protegiendo a las clases menos favorecidas, pero sin afectar gravosamente la actividad empresarial.
Ahora bien, los empresarios (personas naturales) también verán incrementada su tributación, de acuerdo con los cálculos del profesor de cátedra del curso de Tributación de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes, Andrés Bermúdez Duchamp. La agregación de todas rentas cedulares en una sola (trabajo, capital, no laborales, pensiones, dividendos y ganancia ocasionales), aunada a la reducción de la renta exenta del 25 % de los ingresos depurados (pasando de 2880 UVT a 790 anuales; más del 70 %) y a la reducción del tope límite del total de las rentas y deducciones (de 5040 UVT a 1210 UVT), nos llevaría a que el impuesto, para el rango de ingresos brutos mensuales entre 10 millones y 15 millones, aumente en niveles del 20,9 y el 47,1 %; y, en aquel entre 20 y 35 millones, entre el 63,6 y el 67,6 %.
Lo anterior, más un impuesto permanente al patrimonio, no atiende la capacidad contributiva real de las personas.
Un estudio reciente, de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes y la Cámara de Comercio de Bogotá, concluyó que los emprendedores formales, además de soportar pago de los tributos en un sistema de difícil comprensión, también presentan un gran número de cargas en reportes, facturación, nómina electrónica, RUT y RIT, entre otras; lo que exige un esfuerzo istrativo en materia de cumplimento y cuya inobservancia (muchas veces sin intención, dada la complejidad) puede llevar a sanciones cuantiosas.Por eso propusimos en ese estudio la creación de mecanismos que permitan la graduación y proporcionalidad en las sanciones, que atiendan criterios subjetivos en casos particulares y no castiguen excesivamente fallas formales. Así mismo, reglamentación que garantice el derecho de defensa y permita subsanar yerros, en los casos de declaraciones que se entienden no presentadas o ineficaces, entre otras recomendaciones. Ninguna de estas propuestas se discuten hoy en el debate legislativo.
Lo positivo está en el régimen SIMPLE, porque el proyecto de reforma reduce la tarifa en los últimos tramos de ciertas actividades y montos e introduce un nuevo grupo de actividades que se benefician, como: educación, salud humana y asistencia social. Sin embargo, es claro que la reforma inclinaría la balanza a la tributación directa (impuesto sobre la renta y al patrimonio) y no toca la indirecta (salvo la eliminación de los tres días sin IVA).
Se requiere un diálogo completo en nuestro contrato social, protegiendo a las clases menos favorecidas (a través de devoluciones del IVA, por ejemplo), pero sin afectar gravosamente la actividad empresarial, que genera crecimiento, empleo y recursos para implementar las ambiciosas propuestas ‘proigualdad’ del presidente Petro. Veremos la concreción de estas últimas en proyectos y presupuestos plurianuales del nuevo Plan Nacional de Desarrollo, cuya discusión también se inicia.
ELEONORA LOZANO
* Decana de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes