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Esto es lo máximo y lo mínimo que puede durar un contrato por prestación de servicios
Los empleados contratados por prestación de servicios tienen algunas libertades claves. Conózcalas.
En las últimas décadas, es común escuchar que algunas empresas brindan a sus empleados la modalidad de contrato por prestación de servicios.
En este, la persona contratada debe tener claro algunas acondiciones, y tiempo en el que trabajará para la empresa. Por esta razón, le contamos qué dice la ley respecto a este tema.
Los contrato por prestación de servicios tienen que ver con un tipo de acuerdo entre una empresa y una persona natural. Estos tienen la finalidad de, como su nombre lo indica, prestar un servicio durante un período de tiempo determinado.
Según el portal de del Departamento istrativo del Servicio Civil, “los contratos de prestación de servicios son los que celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la istración o funcionamiento de la entidad.”
Es decir, dichos contratos únicamente tienen la posibilidad de celebrarse por personas naturales, cuando la empresa lo requiera. En algunos casos puede ser porque algunas actividades no ejecutarán con personal de planta o se necesitarán conocimientos especializados.
Pago de honorarios en un contrato de prestación de servicios. Foto:iStock
Estos son los factores que determinan un contrato por prestación de servicios
En el artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo (CST) se puede apreciar que dichos contratos debe tener las siguientes condiciones:
- Debe existir una actividad o labor que el empleado contratado tiene que desempeñar.
- El empleado debe estar sujeto a la subordinación o dependencia de la persona que lo contrato o su jefe. Añadiendo que el empleado debe regirse a un reglamento en función de las órdenes que debe cumplir.
- Un salario como retribución del servicio o el trabajo realizado.
¿Cuánto tiempo debe durar un contrato por prestación de servicio?
Conforme con el artículo 34 del Código Sustantivo de Trabajo, gracias a este tipo de vínculo, el empleado debe encargarse de “la ejecución de una o varias obras o la prestación de servicios en beneficios de terceros, por un precio determinado, asumiendo todos los riesgos, para realizarlos con sus propios medios y con libertad y autonomía técnica y directiva”.
Entonces, lo anterior quiere decir que la persona contratada puede realizar sus funciones sin estar bajo un régimen subordinado.
También, debe asumir su afiliación a la Entidad Promotora de Salud (EPS), fondo de pensiones y cesantías, la a de Riesgos Laborales (ARL) (para riesgos tipo I, II y III) y la caja de compensación familiar.
Se puede decir que, no existe una norma por la cual el tipo de contrato por prestación de servicios este sometido a un tiempo determinado. Ya que, debido a la libertad contractual, es decir, a la autonomía de la voluntad de las partes, esta no tiene una duración mínima o máxima.
¿Existen horas obligatorias de trabajo en un contrato de prestación de servicios? Foto:iStock
¿Qué debe llevar un contrato por prestación de servicios?
Con el propósito de que usted comprenda, le contaremos cuáles son los requerimientos básicos que debe llevar un contrato por prestación de servicio.