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Noticia

Procuraduría respalda prohibición de corridas de toros y pide a la Corte salvar la ley ‘No más olé’

La norma está en revisión por el alto tribunal. Esto argumentó el Ministerio Público. 

Sede de la Procuraduría General de la Nación.

Sede de la Procuraduría General de la Nación. Foto: Jesús Blanquicet

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La Procuraduría General de la Nación solicitó a la Corte Constitucional declarar exequible la Ley 2385 de 2024, conocida como ‘No más Olé’, que prohíbe las corridas de toros, novilladas, becerradas, rejoneo y tientas en todo el territorio colombiano.
Esta ley, impulsada como una transformación cultural hacia el respeto por la vida animal, ha sido objeto de demandas de inconstitucionalidad por parte de ciudadanos que consideran que vulnera derechos fundamentales y principios constitucionales.
Los demandantes argumentan que la norma atenta contra el derecho a la cultura, el libre desarrollo de la personalidad, la libertad de expresión y los derechos adquiridos de los ganaderos de toros de lidia. También alegan que el trámite legislativo omitió el análisis de impacto fiscal, lo cual —según ellos— violaría el principio de sostenibilidad fiscal.
El proyecto fue archivado con una votación de 78 contra 75 en la plenaria de la Cámara.

El proyecto fue archivado con una votación de 78 contra 75 en la plenaria de la Cámara. Foto:Cámara de Representantes

Sin embargo, en un concepto entregado el 6 de mayo, el procurador general, Gregorio Eljach Pacheco, aseguró que ninguna de las acusaciones prospera.
Señaló que la ley no impone órdenes de gasto directas ni exige un aval fiscal obligatorio, ya que sus disposiciones requieren reglamentación posterior. Además, recordó que el principio de sostenibilidad fiscal no puede convertirse en un obstáculo para el ejercicio democrático del Congreso.
La protección animal y la proscripción de toda forma de maltrato ocupan un alto valor en la sociedad colombiana”, indicó la entidad y recalcó que la ley otorga un periodo de transición de tres años y establece mecanismos de reconversión laboral y cultural para mitigar el impacto económico en las comunidades que dependen de la tauromaquia.
Corte Constitucional.

Corte Constitucional. Foto:Cortesía

En cuanto a los derechos de propiedad de los ganaderos, el Ministerio Público afirmó que la ley no prohíbe la cría de toros de lidia ni expropia activos, sino que restringe su uso en espectáculos que causan sufrimiento, en cumplimiento de la función ecológica de la propiedad.
El alto tribunal deberá pronunciarse en los próximos meses sobre la constitucionalidad de la norma, una decisión que podría marcar un hito en la discusión entre tradición cultural y derechos de los animales en Colombia.
Redacción Justicia

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