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Noticia
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Procuraduría archivó investigación contra exalcalde de Tierralta por crimen de lideresa María del Pilar Hurtado
La víctima fue asesinada en 2019 por sicarios que llegaron hasta su barrio en el municipio cordobés.
Exalcalde Fabio Otero y lideresa María del Pilar Hurtado. Foto: Archivo particular
El 21 de junio de 2019 ocurrió uno de los asesinatos de líderes sociales que generó más conmoción en los últimos años. La lideresa María del Pilar Hurtado fue asesinada a tiros en el sector en el que residía en Tierralta, Córdoba, delante de su hijo y en medio de señalamientos y omisiones que llevaron a la Procuraduría a procesar disciplinariamente al entonces alcalde Fabio Otero.
"Al momento de su asesinato, Hurtado trabajaba como recicladora y al mismo tiempo lideraba un grupo de personas, especialmente mujeres reclamantes de tierras que para ese momento estaban ocupando un lote en jurisdicción de ese municipio, cuyo propietario era padre del alcalde investigado". explicó el ente de control el año pasado, cuando por primera vez en la historia decidió llamar a juicio disciplinario a un mandatario regional por la muerte de un líder social.
En 2019, el crimen fue rechazado por el ahora presidente Gustavo Petro, quien en su cuenta de X recalcó que María del Pilar Hurtado era una reclamante de tierras: "Quienes están en el gobierno son los acaparadores de tierras. Los acaparadores de tierras están asesinando a los reclamantes de tierras. Silogismo: El gobierno asesina a los reclamantes de tierra".
Entierro de la líder social María del Pilar Hurtado. Foto:Juan Bautista Díaz/El Tiempo
Tras lo ocurrido, el exalcalde, que perdió en las pasadas elecciones a la Gobernación de Córdoba, fue disciplinado junto al exsecretario de Gobierno Willington Ortiz porque al parecer se cometieron irregularidades en el manejo del orden público del municipio, el cual estaba en riesgo por cuenta de la ocupación a un lote del papá de Otero en el que habían participado Hurtado y otras personas. Después de ello fue que vino un panfleto el 1 de junio de 2019 con el que el 'clan del Golfo' amenazó a varios ciudadanos, y entre ellos estaría Hurtado.
Por no garantizar la seguridad de la reclamante, la primera medida que tomó la Procuraduría fue la suspensión temporal del mandatario en aras de no afectar la investigación, que fue archivada el pasado 22 de agosto en un documento en poder de EL TIEMPO que deja entrever que si bien hay papeles que permiten concluir que ella era una lideresa social -aunque unos líderes dicen que no la conocían en ese rol-, "también existen pruebas al interior del expediente que al parecer desmienten la posibilidad de que María del Pilar Hurtado fuese la persona amenazada en el panfleto".
Tierralta, Córdoba. Foto:Gudilfredo Avendaño
¿Por qué? Según el oficio de 20 páginas de la misma Procuraduría, porque las características físicas con las de la persona amenazada no concuerdan, y porque el panfleto decía "mujer del chatarrero", y la pareja de la víctima no trabajaba con ese material.
Para Juan Felipe Criollo, abogado del exalcalde, "este es un fallo en derecho, justo y que se acompasa con los elementos materiales probatorios que había en todo el expediente. Lastimosamente cuando se profirió el pliego de cargos no se hizo un estudio juicioso y preciso sobre el contenido de las entrevistas, de las comportamientos ajustados a la ley y Constitución que llevó a cabo el entonces alcalde Fabio Otero".
Juan Felipe Criollo, abogado. Foto:Archivo particular
Las pruebas en el proceso
Entre el material probatorio que enlistó la defensa del exalcalde está el acta de una reunión del 30 de 2019 -previa al crimen- en la que se alertó por la inseguridad de líderes sociales y las invasiones de terrenos. Además, está el análisis de la Policía en el que se anota que el panfleto "no cumplía con los criterios de originalidad de algún grupo armado ilegal determinado, debido al contenido, la forma de redacción y formato del mismo; sin embargo, no se había podido establecer el origen real y la finalidad del mismo.
En un informe de investigador de campo se resume que al parecer el crimen sí se ordenó como consecuencia de la invasión de predios en Tierralta, y que el homicidio estuvo en manos de alias Andrés, identificado como Jorge Luis Romero; y que alias Mono fue el conductor de la moto utilizada para el suceso.
Uno de los testimonios recogidos en el proceso es el de Eliud Herrera, quien indicó que en la casa de alias El Pulla, varias personas del 'clan del Golfo' se reunieron para atender un supuesto favor que les había pedido el papá del alcalde "a modo de escarmiento para los invasores", y que en el caso de Hurtado la habían matado por "sapa". Otro testimonio es el del líder Sebastián Pacheco, quien aseguró no conocer a Hurtado como lideresa social. También se tuvo en cuenta el testimonio del esposo de María del Pilar Hurtado, quien dijo que la amenazada no era su esposa, sino otra mujer, la del "chatarrero".
En cuanto al alcalde Fabio Otero, la Procuraduría le formuló dos cargos, uno de ellos por omisión a la amenaza a la lideresa. Eso sí, resaltaron que funcionarios de la istración pública aron a los amenazados, quienes dijeron que si bien no era para ellos, estaban preocupados por esos panfletos. "De esta manera, para el despacho es claro que por parte de la Alcaldía en cabeza del hoy encartado sí se tomaron medidas necesarias para intentar proteger a las personas amenazadas en el panfleto puesto en circulación el día 1 de junio de 2019.
El segundo cargo formulado contra Otero fue que se habría incurrido en una violación ligada a un conflicto de intereses, pues su papá era el afectado con la ocupación de predios. "Frente a este cargo, esta delegada de juzgamiento considera que se cumple la causal de terminación anticipada del proceso, pues a consideración de esta instancia, el hecho atribuido en el cargo disciplinario no existió".
Sede de la Procuraduría. Foto:EL TIEMPO
La Procuraduría de Juzgamiento recordó que en la primera fase, esta misma entidad concluyó que Otero tuvo injerencia en el desalojo de las tierras de su papá, algo con lo que en segunda instancia se demostró en desacuerdo. "La conclusión a la que llega la delegada de instrucción en consideración de esta delegada de juzgamiento no es correcta, pues un contexto completo de la situación deja ver que la intervención del alcalde, solicitando la intervención de las autoridades, no era más que su obligación como primer mandatario".
Con esos dos cargos desestimados, la Procuraduría ordenó la terminación de la actuación y en consecuencia archivar definitivamente el caso.