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Noticia
Margarita Cabello celebró fallo del Consejo de Estado sobre facultades de la Procuraduría
La funcionaria dice que se reafirma la posibilidad de sancionar a electos por voto.
La procuradora general, Margarita Cabello, se pronunció frente a la reciente sentencia del Consejo de Estado en la que unifica criterios ratificando que son los competentes para revisar los fallos de la Procuraduría contra los funcionarios electos por voto popular.
"Celebro la unificación de la jurisprudencia por parte del Consejo de Estado, que reafirma nuestra facultad de sancionar a los funcionarios de elección popular. Este respaldo fortalece el control disciplinario y la lucha contra la corrupción en el país", dijo la jefa del Ministerio Público.
La sentencia que unifica jurisprudencia no se conoce en su totalidad, pero en la mañana de este martes fue divulgado su principal conclusión: que será el alto tribunal, como juez, el que revise los fallos que emita la Procuraduría como entidad istrativa.
Milton Chaves (izq.), presidente del Consejo de Estado. Foto:Jesús Blanquicet/El Tiempo
"El control que va a hacer el Consejo de Estado de las sanciones de la Procuraduría va a cobijar, además de los elegidos popularmente que están en ejercicio del cargo, también las sanciones de los que son elegidos popularmente y que están fuera del cargo. Se garantiza el principio de doble conformidad, estas personas que tienen este régimen especial, van a tener la posibilidad de que se revise esa decisión que se tome en primera instancia", dijo en rueda de prensa Milton Chaves, presidente del Consejo de Estado.
Esta decisión es acorde a lo que ya dictó la Corte Constitucional en su sentencia C030 de 2023, cuando le quitó la facultad jurisdiccional a la Procuraduría, pero le mantuvo la potestad para inhabilitar y sancionar a electos por voto, con un control automático de esos fallos en el Consejo de Estado.
Para la procuradora Cabello, "la revisión de las medidas de destitución e inhabilidad por parte del Consejo de Estado es garantía del debido proceso y el equilibrio institucional. Seguiremos trabajando con rigor y transparencia en defensa del interés público y la legalidad".
Esta facultad que tiene el Ministerio Público tiene un debate detrás de hace varios años que está ligado al presidente Gustavo Petro. Cuando era alcalde de Bogotá, la Procuraduría de Alejandro Ordóñez lo destituyó por el caso de las basuras, y él denunció ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que un ente istrativo no le podía arrebatar sus derechos políticos, trayendo a flote lo que está establecido en la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH).
Presidente Gustavo Petro. Foto:Presidencia
Años después, la Corte IDH falló a favor del mandatario local en la sentencia Petro Urrego vs. Colombia, recalcando que una persona elegida popularmente solo puede apartarse de su cargo cuando un juez penal lo decida. En ese orden, la Corte Constitucional estudió el caso y determinó en la sentencia C-030 que para armonizar la directriz internacional con el ordenamiento interno, la Procuraduría se quedaba sin facultades de juez, pero sí con la competencia de sancionar.