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Noticia
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El rechazo de la Corte Constitucional a la petición del gobierno sobre la suficiencia de la UPC
Minsalud pidió anular una medida cautelar que impartió la Corte sobre el 5 % de la Unidad de Pago.
Sala Plena de la Corte Constitucional. Foto: Cortesía
La Corte Constitucional acaba de notificar una decisión de rechazo a una solicitud que elevó el director jurídico del Ministerio de Salud, Rodolfo Salas Figueroa, en la que pedía anular una medida cautelar que impartió el alto tribunal sobre la suficiencia de la Unidad de Pago por Capitación (UPC).
La medida que pretendían tumbar fue la que adoptó la Corte en el mes de mayo, en la que ordenó la inaplicación de dos artículos de la resolución que emitió el Ministerio de Salud, en diciembre de 2023, fijando el valor de la UPC para el año 2024 en los regímenes subsidiado y contributivo.
La decisión de la Corte inaplicó los artículos 11 y 21 de la Resolución 2364 de 2023, en los que se establecía que las Entidades Promotoras de Salud (EPS) debían destinar un 5 % de la UPC para la operación de los equipos básicos de salud territorial, una figura impulsada por el gobierno del presidente Gustavo Petro Urrego para atender directamente a las familias en los territorios.
La Resolución 2364 de 2023 destinaba el 5% de la UPC para los equipos básicos de salud. Foto:Gorodenkoff Productions OU
En su momento la Corte consideró que fijar ese 5 % podría representar una diminución en el valor de la UPC y "dar lugar a que las EPS cuenten con menos recursos disponibles para garantizar la prestación de la misma cantidad de servicios y tecnologías en salud cubiertos por el Plan de Beneficios en Salud (PBS) y la Unidad de Pago por Capitación (UPC) en ambos regímenes".
El tribunal constitucional también consideró que la fijación de ese 5% no tenía sustento técnico y que podría generar un "desequilibrio financiero en el sistema". Como se sabe, la UPC son los recursos que el Estado le paga anualmente a las EPS por cada uno de sus afiliados.
La petición del Ministerio de Salud contra la orden de la Corte sobre la UPC
Rodolfo Salas Figueroa, director jurídico del Ministerio de Salud. Foto:Ministerio de Salud.
Rodolfo Salas, nombrado por el ministro Guillermo Alfonso Jaramillo como director jurídico del Ministerio, le pidió a la Corte anular el Auto 875 de 2024 en el que suspendieron la financiación de los equipos territoriales con el 5% de la UPC.
El funcionario alegó que la medida de la Corte vulneró el debido proceso y el derecho de defensa del gobierno, advirtiendo que se habrían extralimitado al validar con mayor peso los intereses de las EPS. “Solamente se encuentra su sustentación basada en los meros dichos de los terceros con intereses propios como los de los gremios de las EPS”, expresó Salas.
A su petición se opusieron la asociación Pacientes Colombia y el gremio de las EPS del régimen subsidiado Gestarsalud.
El rechazo de la Corte Constitucional a la petición del Ministerio de Salud
La Sala Plena de la Corte consideró que el recurso presentado por el Ministerio "no se funda en razones claras, expresas, precisas, pertinentes y suficientes" ni "satisface el requisito de carga argumentativa".
"La Corte observa que las afirmaciones del solicitante no se fundan en contenidos objetivos y ciertos de la providencia cuestionada, sino en apreciaciones subjetivas del actor, que parten de su desacuerdo con el contenido de la decisión adoptada", expresó el alto tribunal con ponencia de su presidente José Fernando Reyes.
José Fernando Reyes Cuartas, magistrado de la Corte Constitucional. Foto:Cortesía
"El Auto 875 de 2024 tuvo como sustento la potestad del tribunal constitucional para impartir órdenes provisionales tendientes a evitar retrocesos en la superación de las problemáticas estructurales y en el cumplimiento del fallo objeto de supervisión, en este caso, las relacionadas con la suficiencia de la UPC", agrega la decisión de Reyes.
"La Sala rechazará la solicitud de nulidad del Auto 875 de 2024, presentada por el Director Jurídico del Ministerio de Salud y Protección Social ante el incumplimiento del requisito de carga argumentativa. Los planteamientos del peticionario no se encaminaron a demostrar un desconocimiento del debido proceso sino que, en su lugar, persiguió reabrir el debate acerca de la emisión de la medida cautelar de inaplicación de los artículos 11 y 21 de la Resolución 2364 de 2023", puntualizó.
La Corte advirtió que su medida cautelar sobre la suficiencia de la UPC estará vigente hasta que el Consejo de Estado adopte una decisión sobre la materia.