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Noticia

Un juzgado de Bogotá deberá resolver la solicitud de casa por cárcel de Emilio Tapia: Corte Suprema de Justicia

La Sala Penal definió la competencia para conocer del requerimiento interpuesto por la defensa del polémico empresario.

Emilio Tapia preso en La Picota por las garantías falsas en el millonario contrato Centros Poblados

Emilio Tapia preso en La Picota por las garantías falsas en el millonario contrato Centros Poblados Foto: Andrea Moreno

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PERIODISTA JUDICIALActualizado:

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La Corte Suprema de Justicia, a través de su Sala Penal, resolvió de fondo la competencia para conocer de la solicitud de sustitución de medida de aseguramiento solicitada por el polémico empresario Emilio Tapia, dentro del proceso que se le sigue por los delitos de peculado por apropiación agravado, fraude procesal y falsedad en documento privado. 
De acuerdo con el alto tribunal, la solicitud de sustitución de medida de aseguramiento se interpuso en Barranquilla por ser el lugar en el que se encuentra privado de la libertad Tapia. Dicha petición le correspondió al Juzgado 15° Penal Municipal con función de control de garantías de Barranquilla, el cual, programó la correspondiente una audiencia para el 20 de septiembre de 2023, pero el procesado renunció a la posibilidad de asistir a una audiencia previendo posibles problemas de conectividad.
Sin embargo, la Corte señaló que “la competencia para resolver la solicitud radica en los Juzgados Penales Municipales con funciones de control de garantías de Bogotá -reparto-, puesto que en dicha ciudad se adelanta el juzgamiento en el presente caso”.
La decisión fue proferida por la magistrada Myriam Ávila Roldán, y en el auto  se resalta la petición de la defensa de Tapia se hace bajo el argumento de que resulta se la mendida "menos lesiva a sus intereses (defendido)” y explicó que el procesado renunció a la posibilidad de asistir a la diligencia, previendo posibles problemas de conectividad.
Corte Suprema de Justicia

Corte Suprema de Justicia Foto:César Melgarejo

No obstente, el juez de Barranquilla consideró que no era competente para resolver la solicitud, ya que Emilio Tapia está siendo procesado por el Juzgado 47° Penal del Circuito con función de conocimiento de Bogotá, por lo que es en ese lugar es que  donde debe resolverse la petición"
Y agregó que, si bien el procesado está privado de la libertad en Barranquilla, "lo que eventualmente podría resolver la competencia", este renunció a la posibilidad de asistir a la audiencia que fue fijada por el juzgado de esa ciudad. 
Como argumento para la decisión, la Sala señaló que contra Tapia se adelanta proceso penal, “cuyo juicio actualmente se lleva ante el Juzgado 47° Penal del Circuito con función de conocimiento de Bogotá”.
Por tanto, “el competente para conocer la solicitud de sustitución de medida de aseguramiento acorde con la regla general, es el juez penal municipal con función de control de garantías de esta ciudad”.
Redacción Justicia

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