El Consejo de Estado rechazó por improcedente una tutela presentada en contra del presidente Iván Duque Márquez, por supuesta participación en política en detrimento de la campaña presidencial que adelantaron Gustavo Petro y Francia Márquez en la pasada contienda electoral.
La tutela fue presentada por el abogado Sebastián Caballero Ortega quien aseguraba que varios pronunciamientos del presidente Duque durante la campaña eran menciones directas a la candidatura de Petro.
Por ejemplo, un pronunciamiento del 17 de marzo de 2022 en el que el presidente Duque llamó la atención sobre “los que le hablan al pueblo de ilusiones, de arrebatarle ahorros a algunos para regalárselos a otros, como si eso no fuera un robo”, entre otras manifestaciones.
La Sección Tercera del alto tribunal dijo que la tutela se funda en circunstancias generales de las cuales no es posible advertir una vulneración concreta de los derechos fundamentales del demandante.
“En concepto de la Sala, no se probó la relación entre las declaraciones del presidente de la República y la afectación a los derechos del accionante, lo cual constituye un requisito de procedibilidad de la acción de tutela. Ello, por cuanto este mecanismo constitucional está previsto para salvaguardar los derechos fundamentales particulares de una persona”, dice el fallo.
“En efecto, los hechos y fundamentos de la acción de tutela no se refieren a derechos particulares del accionante, sino a principios constitucionales de orden general, como el principio democrático y pluralista, y no se acreditó cómo se le impediría el derecho a votar o participar en la toma de decisiones públicas por las declaraciones reprochadas”, agrega el fallo.
El alto tribunal además dijo que la tutela “no es el mecanismo idóneo para iniciar investigaciones de orden disciplinario.
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