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Las tres advertencias claves de la Corte por retrasos del Gobierno en pagos a las EPS
El director de la Adres, Félix León Martínez, respondió ante lo impartido por el alto tribunal.
En el país solo se cuenta con una disponibilidad de 143 camas para pacientes quemados, distribuidas en 8 departamentos. Foto: Fabio Arenas
En una nueva decisión de la Sala de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008, que declaró la salud como un derecho fundamental, la Corte Constitucional expidió un paquete de órdenes al Ministerio de Salud debido a los hallazgos que encontró relacionados con retrasos en los pagos a las EPS.
Las advertencias del alto tribunal se conocieron al declarar un bajo nivel de cumplimiento frente a la suficiencia de los presupuestos máximos para financiar los servicios y tecnologías del Plan de Beneficio en Salud (PBS) que no se costean con la Unidad de Pago por Capitación (UPC).
Es decir, con lo que anualmente se les gira desde la a de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres) a las EPS por cada paciente afiliado al sistema.
La medida fue ordenada por la Corte Constitucional. Foto:Cortesía Corte Constitucional
El Plan de Beneficio en Salud es el conjunto de servicios, tecnologías y medicamentos con los que se garantiza la atención básica a la que un ciudadano tiene derecho, pero hay algunos procedimientos que no están cobijados por ese concepto, como los meramente estéticos.
Eso sí, hay unos cuantos fármacos, servicios y exámenes que sí son de vital importancia para un paciente y que no se incluyen en el PBS. Es para estos casos en los que las EPS echan mano de los presupuestos máximos que les gira la Adres, entidad del Gobierno que reaccionó.
El director de la Adres denuncia que hay clínicas que pagana las tripulaciones para que les lleven los pacientes, lo cual ha generado la 'guerra' de las ambulancias. Foto:Carlos Camacho / EL TIEMPO
Los hallazgos
Las advertencias de la Corte se enfocan en que no solo habría moras en los pagos, sino que los montos ya asignados no serían los pertinentes. En efecto, el tribunal expuso esto al indicar que son tres problemas los que persisten: la fijación de los presupuestos, sus reajustes y los retrasos en los pagos.
Los hallazgos nacen de las falencias que identificó la Sala de Seguimiento frente a la expedición de la metodología que se requiere para establecer oportunamente los pagos, así como el retraso en la entrega y en la recolección de información de manera completa, que permitiría su análisis y un cálculo adecuado de los recursos.
¿A qué se deben estas situaciones? Primero, la Corte explicó que los llamados presupuestos máximos se están calculando en el mismo año corriente, “lo que impide una adecuada gestión del gasto por parte de las EPS, especialmente porque representa un reconocimiento tardío y un desembolso posterior a la prestación de los servicios que se cubren con esos valores”.
Además, alertó que hay inconvenientes que vienen del trámite de reajuste, “con ocasión de la expedición tardía del acto istrativo que establece la metodología para su cálculo y, por ende, de su reconocimiento y pago” a las EPS. Sumado a ello, se detectaron falencias que impactan de manera directa en la liquidez a las EPS, así como en el flujo de recursos en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
En este tema, Acemi (gremio de las EPS del régimen contributivo) dijo que hay una disminución de casi el 90 por ciento del valor para presupuestos máximos respecto al año pasado.
Las órdenes
El ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, en rueda de prensa hoy. Foto:Sergio Acero Yate. EL TIEMPO.
Bajo ese contexto, la Corte impartió órdenes al Ministerio de Salud, que tiene al frente a Guillermo Alfonso Jaramillo. La primera es que en menos de mes y medio cancele las deudas por el concepto de reajustes a los presupuestos máximos reconocidos para la vigencia del 2021.
En ese mismo plazo se tendrá que presentar un cronograma en el que se pacten las acciones que lleven a pagar lo adeudado en 2022. Además, “dentro de los 30 días calendario siguientes a la comunicación de la providencia, expida y notifique el acto istrativo de reconocimiento de los techos correspondientes a los meses octubre, noviembre y diciembre de 2023, si aún no lo ha hecho”.
Finalmente, en un término de seis meses tras la notificación de la orden de la Corte se tendrá que crear una metodología unificada de definición y reajuste de los presupuestos máximos.
Sobre estas órdenes, Félix León Martínez, director de la Adres, se refirió al cronograma relacionado al concepto de reajuste de presupuestos máximos.
Jefe de la Adres responde ante las órdenes
La decisión de la Corte dice que deben ajustarse las deudas pendientes de 2021, 2022 y 2023 en los próximos seis meses, y ante ello se pronunció el Gobierno, no por parte del Ministerio de Salud, sino desde la Adres. Félix León Martínez, su director, le indicó a EL TIEMPO que las carteras de Salud y Hacienda ya tomaron cartas en el asunto.
“Hemos informado públicamente, anunciando que más de dos billones de pesos serán cancelados en las próximas semanas, con lo cual quedarán cubiertas todas las obligaciones que se tienen por este concepto y que señala la Corte Constitucional”, concluyó.
Félix León Martínez, director de la a de los Recursos del Sistema de Seguridad Social en Salud. Foto:ADRES
Y añadió sobre los giros hechos de los últimos meses del año pasado que “los recursos del mes de octubre ya fueron reconocidos y cancelados en octubre; y los correspondientes al mes de noviembre fueron reconocidos y girados la última semana de diciembre”. Lo que falta es lo de diciembre, que, según Martínez, “se integrará al pago del ajuste final de 2023 en este mismo mes”.