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Noticia
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En manos de la Corte Constitucional queda la posible resurrección del partido político fundado por el ministro Juan Fernando Cristo
La Corte seleccionó para su estudio una tutela que presentaron los integrantes de la Agrupación Política En Marcha, que quedó sin personería jurídica por decisión del Consejo de Estado.
Juan Fernando Cristo, exministro y dirigente de En Marcha Foto: @CristoBustos
Una sala de selección de la Corte Constitucional escogió para su estudio una acción de tutela que presentaron integrantes de la agrupación política 'En Marcha', fundada en el año 2018 por el ministro del Interior Juan Fernando Cristo, con la que pretenden recuperar la personería jurídica que el Consejo de Estado les quitó el pasado mes de mayo.
La Sección Quinta del Consejo de Estado, con ponencia de la magistrada Gloria Gómez Montoya, anuló la resolución del Consejo Nacional Electoral que le otorgó la personería jurídica al grupo político de Cristo, en el año 2022, alegando que aunque participaron de la Coalición 'Alianza Verde Centro Esperanza' para las elecciones legislativas de dicho año, realmente no postularon candidato alguno. Y ante la ausencia de candidatos incumplieron el mandato del artículo 108 de la Constitución que establece que deben obtener al menos el 3% de los votos válidos para obtener la personería.
La alta corte también determinó que los senadores Guido Echeverri Piedrahita, Jairo Alfonso Castellanos y Gustavo Adolfo Moreno Hurtado, elegidos en dichos comicios supuestamente como representantes de 'En Marcha', realmente no pertenecían a esta colectividad pues se eligieron avalados por el partido Alianza Social Independiente.
Los integrantes de 'En Marcha' presentaron una tutela con la que pretenden revocar el fallo de la magistrada Gómez Montoya que los despojó de la personería, aquel estatus que le permite a los partidos avalar candidatos, obtener financiación estatal y participar de las garantías del Estatuto de la Oposición, entre otras prerrogativas.
La tutela de los integrantes de 'En Marcha' que itió la Corte Constitucional
Juan Fernando Cristo durante un acto de campaña en el Valle del Cauca. Foto:@CristoBustos
Integrantes de 'En Marcha' presentaron una tutela pidiendo la protección de sus derechos fundamentales a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político; alegaron la vulneración de sus derechos de asociación y de sus derechos políticos, entre otras garantías, que consideran vulneradas con la decisión del Consejo de Estado.
Cuestionaron el fallo advirtiendo que los magistrados no aplicaron el artículo 262.5 de la Constitución, adicionado por el Acto Legislativo 2 de 2015, que advierte que "los partidos y movimientos políticos con personería jurídica que sumados hayan obtenido una votación de hasta el quince por ciento (15%) de los votos válidos de la respectiva circunscripción, podrán presentar lista de candidatos en coalición para corporaciones públicas".
Según la militancia afectada, dicho artículo "protege a las expresiones políticas minoritarias y le da la posibilidad de llegar al congreso a las minorías que aún no se encontraban en él representadas".
También indicaron que la interpretación correcta del artículo 262 advierte que las coaliciones contemplan "la posibilidad de unir a partidos y movimientos con personería jurídica y a agrupaciones políticas sin ella y en tránsito de obtenerla" y facilita "la llegada de expresiones políticas hasta el momento no representadas en el Congreso".
'En Marcha' alega que existen suficientes pruebas para demostrar que presentaron sus candidatos propios al partido Alianza Social Independiente (Asi) para que recibieran un aval, contrario a lo que indica el Consejo de Estado, que sentenció que Echeverri Piedrahita, Moreno Hurtado y Castellanos Serrano pidieron ser aceptados como militantes de la Asi en diciembre de 2021, para las legislativas de 2022, y que reingresaron a 'En Marcha' después de que la Asi los expulsara en enero de 2023.
El Consejo de Estado no acogió los argumentos de esta tutela y envió el caso a revisión a la Corte Constitucional.
Las razones de la Corte para seleccionar la tutela del partido del ministro Cristo
Jorge Ibáñez, vicepresidente de la Corte Constitucional Foto:Sergio Acero, EL TIEMPO
El magistrado Jorge Ibáñez, vicepresidente de la Corte Constitucional, anunció la selección del expediente argumentando que "criterios objetivos de selección", por tratarse de "un asunto novedoso" y de "la necesidad de pronunciarse sobre una línea jurisprudencial".