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Noticia

El 'jalón de oreja' de la Corte a Mintrabajo por trámite sobre invalidez laboral para acceder a pensión

El alto tribunal señaló que en la Sentencia de 2020 se advirtió una falencia reiterada. 

Corte Constitucional.

Corte Constitucional. Foto: Cortesía

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PERIODISTA JUDICIALActualizado:

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La Corte Constitucional realizó un fuerte llamado al Ministerio de Trabajo para que revise dificultades que tienen las juntas de calificación de invalidez para llevar a cabo la notificación de sus decisiones, respecto a los dictámenes de Pérdida de Capacidad Laboral (PCL) a sus interesados

(Lea: Gobierno sufre nuevo revés en las altas cortes: suspenden norma que permitía firmar convenios directos con acciones comunales)

El mensaje del alto tribunal se dio, luego de que la Sala Quinta de Revisión, con ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar estudiara el caso de un hombre quien señaló que la Junta Regional de Calificación de Invalidez no notificó el dictamen de su PCL ante un fondo de pensiones al cual solicitó una mesada.

Sin embargo, la Sala declaró la carencia actual de objeto por el fallecimiento del accionante, pero consideró pertinente pronunciarse de fondo.

“Las Juntas de Calificación tienen el deber de poner en conocimiento de las as de Fondo de Pensiones (AFP) el dictamen de PCL de una persona que busca ser calificada con miras, por ejemplo, a obtener su pensión de invalidez”, señaló la Corte.
La Corte estudió el caso de un joven de 18 años.

La Corte estudió el caso de un hombre que presentó una acción de tutela. Foto:Cortesía

Como antecedente, la sala recordó que en la Sentencia SU-313 de 2020, se advirtió una falencia reiterada en el cumplimiento de este requisito y fue enfática en que esos casos “no pueden seguir presentándose, pues traen como consecuencia una dilación del proceso de reconocimiento pensional y, por tanto, ponen en riesgo el derecho a la seguridad social de las personas”.

También destacó que en la Sentencia SU-313 de 2020, la Corte encontró que, en algunas ocasiones, “las juntas de calificación de invalidez no tenían en cuenta que existen eventos en los cuales más de una AFP puede tener interés en conocer el dictamen de pérdida de capacidad laboral de los afiliados, como sucede cuando una persona ha presentado en su historia laboral afiliación a ambos regímenes o a distintos fondos”.

Precisamente lo anterior motivó el mensaje de la Corte al Mintrabajo “para que aclare este punto con las juntas”.

La Sala, en el caso concreto, le reiteró al Ministerio del Trabajo la orden dictada en la Sentencia SU-313 de 2020, especialmente, en todos aquellos eventos en los que la persona haya presentado, en su historia laboral, afiliación a ambos regímenes o a distintos fondos.
Redacción Justicia
X: @JusticiaET

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