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Decidir el orden de los apellidos: un paso hacia la equidad de género

La Corte tumbó una ley por la cual los hijos deben llevar primero el apellido del padre. 

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“El orden de los apellidos en la inscripción en el registro de nacimiento nada tiene que ver con la igualdad de derechos y obligaciones. Tiene que existir un orden, y la ley lo ha determinado”.
Esa frase hace parte de una decisión que la Corte Constitucional tomó en 1994, cuando la mayoría de los magistrados –todos ellos hombres– negaron una demanda que pedía tumbar una ley de 1989 que estableció el orden de los apellidos de los hijos. Por esa ley, a la hora de registrarlos, primero debe ir el apellido del padre y luego el de la madre.
En ese fallo, solo tres magistrados se apartaron de la decisión mayoritaria: Eduardo Cifuentes, Alejandro Martínez Caballero y Carlos Gaviria Díaz.
Desde entonces, muchas cosas han cambiado en la sociedad colombiana, no solo en materia de derechos civiles, sino en equidad de género. Por eso, este martes, la Corte Constitucional volvió a revisar una nueva demanda contra esa ley y llegó a una conclusión distinta: “Imponer que primero debe ir el apellido del padre, solo por el hecho de ser hombre, es un acto de discriminación contra las mujeres”, dijo la Corte Constitucional.
Imponer que primero debe ir el apellido del padre, solo por el hecho de ser hombre, es un acto de discriminación contra las mujeres
Esa decisión fue apoyada por ocho de los nueve magistrados, entre ellos las tres mujeres que hoy hacen parte de la Sala Plena. El único que salvó su voto fue Luis Guillermo Guerrero, quien consideró que decidir este tema le correspondía al Congreso y no a la Corte.
La mayoría de magistrados consideraron que darle preponderancia al apellido del padre viola un derecho fundamental de la Constitución del 91: el de la igualdad entre hombres y mujeres. Por eso, tumbaron el orden que fijaba la Ley 54 de 1989 y le dieron un plazo de dos años al Congreso para que regule el registro, respetando la igualdad.
La Corte estableció que, si de aquí a junio del 2022 el Congreso no ha expedido dicha ley, a la hora de registrar a sus hijos, los padres tendrán que ponerse de acuerdo sobre qué apellido va primero. Si no hay consenso, entonces el orden lo decidirá un sorteo que deberá realizar el funcionario encargado de hacer el registro, ya sean los registradores, notarios, cónsules, y hasta los jueces, en caso de que haya controversias.

Debate por la igualdad

Este cambio tiene implicaciones que van más allá de un simple asunto de registro. El debate sobre el orden de los apellidos de los hijos lo han afrontado varios países en el mundo que han querido darles un vuelco a leyes que son consideradas machistas y antiprogresistas. Así, países como Argentina, Uruguay, España, Francia, Italia, Suiza, México, Portugal, Serbia, Alemania o Suecia han permitido que sean los padres, y no una norma, la que imponga qué apellido va primero.
Para Olga Amparo Sánchez, directora de la Casa de la Mujer, el fallo es muy importante en términos simbólicos, pues permitirá romper con la creencia de que el “apellido del padre va primero, porque es el que da estatus, mientras que el de la madre se pone de segundo, o se les deja a los hijos no reconocidos por sus padres, porque no tiene esa relevancia”. También considera que el fallo cambia la visión de que el padre es el que hereda y quien tiene poder, y pone a los padres y madres en igualdad de condiciones.
Para Elizabeth Castillo, abogada y activista LGBTI, este es “un cambio muy significativo” en un país cuyas leyes civiles y de familia “tienen raíces heterocentradas”, es decir, se construyeron con la diferenciación de hombres y mujeres.
Por su parte, Isabel Londoño, directora de Mujeres por Colombia, afirma que el fallo expone una realidad que ya existe, pues afirma que uno de cada dos niños nunca fue reconocido por su padre y, por lo tanto, lleva el apellido de la mamá. También asegura que es importante este paso hacia la igualdad en un momento en el que “el padre y la madre están trabajando, aportando y hay un mayor equilibrio de poder. La Corte está permitiendo que la decisión sea de las parejas, y no impuesta”.
Es importante este paso hacia la igualdad en un momento en el que entre el padre y la madre hay un mayor equilibrio de poder
Pero no todos están de acuerdo con el cambio. Para Álvaro Rojas, presidente del Colegio de Notarios, la ley no violaba ningún derecho, sino que generaba un orden mínimo y elemental en materia de registro. “Yo habría sido un poco más conservador, y la habría mantenido como estaba”, asegura.
Rojas también afirma que de todas maneras, sin el fallo de la Corte, las personas ya tienen la posibilidad de cambiar su nombre y apellidos cuando son mayores de edad.
Precisamente, para evitar desórdenes, la Corte le dejó la regulación al Congreso, que tiene 19 meses para fijar cómo será este cambio en la sociedad. El miércoles, un día después del fallo, la representante María José Pizarro (Decedentes) y Gustavo Londoño (Centro Democrático) presentaron un proyecto para reglamentar la forma como los padres decidirán el orden de los apellidos de sus hijos, buscando dejar atrás esa norma que favorecía el apellido del padre, sin más razón que su sexo.

Los giros progresistas impulsados por la Corte

El magistrado Alberto Rojas Ríos fue el ponente del fallo que tumbó el orden de los apellidos. Esta es una de las decisiones con las que Rojas, quien llegó a la Corte Constitucional en el 2013, ha impulsado giros progresistas. En el 2016, por ejemplo, fue el ponente del fallo con el que la Corte consideró que las uniones entre parejas del mismo sexo constituyen un matrimonio.
Y este año sacó varios fallos con enfoque de género: uno en el que garantizó el derecho de una mujer a decir no y rechazar en redes sociales a un hombre que la pretendía, y otro en el que concedió una tutela a una niña cuyo equipo fue expulsado de la liga Pony Fútbol por no itir mujeres.
Como Rojas, otros magistrados han propuesto fallos recientes para la equidad: el que tumbó los impuestos a las toallas higiénicas (de Gloria Ortiz), y los que han modificado el Código Civil, tumbando postulados machistas como el que obligaba a presentar la esposa a los amigos (de Cristina Pardo), o el que se negó a poner un límite de semanas al aborto e instó al Gobierno a regular ese derecho, afirmando que su desconocimiento constituye violencia de género (de José Fernando Reyes Cuartas).
MILENA SARRALDE DUQUE
Subeditora de Justicia

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