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Corte tumba régimen de aduanas expedido por Petro y fija plazo para evitar la 'impunidad'

El fallo tendrá vigencia desde junio de 2026. La Corte también tumbó otro artículo de la Tributaria. 

Posesión de la Magistrada Cristina Pardo Schlesinger, como la nueva presidenta de la sala plena de la Corte Constitucional.

Magistrada Cristina Pardo, ponente de la decisión. Foto: Cesar Melgarejo. EL TIEMPO

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La Sala Plena de la Corte Constitucional, con ponencia de la magistrada Cristina Pardo, tumbó el Decreto 920 de 2023 con el que el presidente de la República Gustavo Petro expidió, junto a los entonces ministros de Hacienda y de Comercio, el nuevo régimen sancionatorio y de decomiso de mercancías en materia aduanera, así como el procedimiento aplicable.
La Corte también tumbó el artículo 68 de la Ley de la reforma tributaria que le otorgaba facultades extraordinarias al presidente para expedir dicho régimen. Pero los efectos de esta decisión tendrán vigencia a partir de junio de 2026, tiempo en el cual se espera que el Congreso de la República avance en el trámite de una Ley sobre la materia. 
La Sala Plena concluyó que "las normas acusadas desconocen el artículo 150, numeral 10, de la Constitución, por cuanto lo que buscaba era dotar al ejecutivo de expresas facultades legislativas para crear un nuevo estatuto disciplinario en materia aduanera y, por tanto, incurrió en la prohibición constitucional consagrada en el numeral 10 del artículo 150 superior referida a la imposibilidad de conceder facultades extraordinarias para expedir unidades normativas sistemáticas e integrales, y por tanto, un código", indica la decisión.
Captura de pantalla Presidencia

Presidente Gustavo Petro. Foto:Captura de pantalla Presidencia

El fallo se difiere hasta junio de 2026 para evitar "escenarios de impunidad"

La decisión de la Corte, en la que el magistrado Miguel Polo Rosero fue el único que salvó su voto, tendrá vigencia desde junio de 2026 para que el Congreso de la República expida una nueva ley y Colombia no se quede sin el estatuto disciplinario en materia de aduanas.
"La Sala encontró que su expulsión inmediata podía causar traumatismos por cuanto el vacío en un régimen sancionatorio generaría un escenario de impunidad. Por ello, moduló los efectos de la sentencia y otorgó al Congreso un plazo para que expidiera la ley que regule el régimen sancionatorio y el decomiso de mercancías en materia de aduanas, así como el procedimiento aplicable, hasta junio del año 2026", agrega la decisión.
Presidente Gustavo Petro presenta a su nuevo gabinete

Presidente Gustavo Petro presenta a su nuevo gabinete Foto:

La demanda contra las facultades extraordinarias y el nuevo régimen de aduanas

El abogado Wadys Tejada fue el autor de la demanda que provocó la nueva caída de un artículo de la reforma tributaria del gobierno. Su acción judicial advertía que el presidente de la República, en calidad de legislador extraordinario, "tiene prohibida la expedición de códigos y sus reformas, con base en el inciso tercero del numeral 10° del artículo 150 Constitucional".
Tejada también cuestionó el contenido de la reglamentación que expidió el presidente mediante el Decreto 920. "Este altera estructural y esencialmente la primera parte del Código de Procedimiento istrativo y de lo Contencioso istrativo al realizar modificaciones a las disposiciones que son propias del procedimiento istrativo común y principal causando que la DIAN no se remita a aquellas disposiciones, sino al procedimiento istrativo especial expedido por el presidente", indica un auto de la magistrada Pardo citando la demanda. 
Finalmente advirtió el demandante que la "istración Pública incurrió en arbitrariedad y autoritarismo al expedir el Decreto Ley 920 de 2023 por cuanto fue la misma DIAN la encargada de originar el proyecto de Decreto Ley del nuevo régimen sancionatorio y decomiso de mercancías en materia de
aduanas, así como el procedimiento istrativos especial que sería aplicado por ella misma posteriormente".
ANA MARÍA CUESTA
Editora de justicia [email protected]

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