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Corte mantiene competencia en el caso de Álvaro Hernán Prada

Excongresista pedía que su proceso pasara a la Fiscalía luego de renunciar a su curul.

Álvaro Hernán Prada, representante a la Cámara del Centro Democrático.

Álvaro Hernán Prada, representante a la Cámara del Centro Democrático. Foto: Cámara de Representantes

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La Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia mantuvo la competencia para investigar al exrepresentante a la Cámara del Centro Democrático Álvaro Hernán Prada por la presunta comisión del delito de soborno a testigos, en el mismo caso por el que es investigado el expresidente Álvaro Uribe Vélez.
En una votación 4-3, en la que participaron dos conjueces, la Sala de Instrucción del alto tribunal desestimó la posibilidad de remitir el caso a la Fiscalía General. Esto, luego de la renuncia de Prada a su curul en el Congreso.
Según la Sala, el hecho por el que es investigado Prada, haber abordado a un testigo a través de terceros para que se retractara, sí tiene relación con su rol de congresista.
En favor de mantener la competencia votaron el magistrado ponente del caso, César Reyes, y Marco Antonio Rueda Soto, junto a los dos conjueces Wilson Martínez Sánchez y Guillermo Ospina. 
Salvaron su voto los magistrados Misael Rodríguez, Francisco Farfán y Héctor Alarcón. En este debate no participa la magistrada Cristina Lombana.  
Álvaro Hernán Prada renunció al Congreso el 21 de abril de 2021 luego de criticar la actuación investigativa de la Corte.
Cuando renunció, Prada dijo: "Mientras que la Sala de Instrucción de la Corte Suprema me negó practicar 15 pruebas solicitadas con las que se demuestra mi inocencia, la Fiscalía General solicitó la preclusión del caso del expresidente Álvaro Uribe".
Para Prada, la Corte perdía la competencia para investigarlo porque las actividades que le endilga el alto tribunal no tendrían relación con su actividad congresional. A esto se sumaría, como antecedente, la misma decisión de la Corte que envió el expediente de Uribe Vélez a la Fiscalía tras su renuncia al Congreso.
No obstante, la Sala de Instrucción de la Corte Suprema desestimó esos argumentos y mantuvo la competencia para investigar al exrepresentante por considerar que los hechos endilgados a Prada sí están relacionados con su actividad congresional.

Las razones de la Corte

Según la Sala de Instrucción, la conducta endilgada a Prada sí está relacionada con su rol de congresista porque, precisamente, se investiga si este usó o no su investidura como representante y como director del Centro Democrático en el departamento para pedirle, a través de terceras personas, una retractación a un testigo que ha vinculado al expresidente Álvaro Uribe con delitos.
Este caso se remonta a febrero de 2018, cuando Juan Guillermo Monsalve, testigo que ha señalado a Álvaro Uribe de tener nexos con el Bloque Metro de las Auc en Antioquia, recibió de un conocido suyo, Carlos López o ‘Caliche’, mensajes de WhatsApp pidiéndole una retractación.
López primero dijo que lo habían buscado de “parte del ex” e incluso le dio a Monsalve el teléfono del representante Prada y luego cambió su versión. El mismo Prada ha dicho a la justicia de forma reiterada que fue 'Caliche' quien lo buscó mientras él hacia campaña en el Huila y que, antes de eso, no lo conocía.
Ahora, la Sala de Instrucción deberá definir si llama a juicio o no al exrepresentante a la Cámara.

¿Por qué Prada no y Álvaro Uribe sí?

Como se recordará, la Sala de Instrucción envió el 31 de agosto de 2020 el caso contra Álvaro Uribe por presunto fraude procesal y soborno a la Fiscalía General luego de que el expresidente renunciara a su fuero.
En esa oportunidad, la Corte dijo que sí perdió la competencia para investigar al expresidente Uribe por tratarse de una investigación sin relación con su cargo de congresista.
Esa decisión se tomó de manera unánime por la Sala de Instrucción al estimar que las conductas por las que se lo investigó y dictó medida de aseguramiento preventiva eran "delitos comunes" y que la supuesta intención de presionar a testigos no estaba relacionada con el rol de senador que ejercía en ese momento Álvaro Uribe. 
Ahora, en el caso Prada, la Sala de Instrucción estableció que los hechos por los cuáles él es investigado sí tienen relación con sus funciones de congresista.
Para la Sala de Instrucción, Prada Artunduaga habría instrumentalizado y aprovechado la condición de congresista para conservar su liderazgo político y también para abordar al testigo de la actuación penal a través de un intermediario, por lo cual se desviaron o se usaron de forma abusiva sus funciones como representante a la Cámara.
En la decisión, el alto tribunal dijo que el fuero de los congresistas no es personal sino institucional, lo que implica que es irrenunciable y, por lo tanto, si los presuntos hechos delictivos tienen relación con la actividad legislativa, el fuero se extiende incluso después de cesar en el ejercicio del cargo.
En Twitter: justiciaET

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