La Sala Plena de la Corte Constitucional compulsó copias a la Fiscalía General para que investigue el origen de un escrito de nulidad y de recusación que fue allegado al alto tribunal en el marco del proceso que debe determinar si se le da vía libre o no al nuevo código electoral.
La razón de ello es que el escrito fue presentado, vía correo electrónico, por una mujer que dijo llamarse Karena Mejía Borda, sin documento de identidad. La Corte señaló que no existe en el registro público de la Registraduría ninguna persona con ese nombre.
"En el presente caso, se tiene que la recusante no existe. En efecto, verificado el Registro Público de identificación de la Registraduría Nacional del Estado Civil, se acreditó que con el nombre de la recusante Karena Mejía Borda, quien no se identificó con clase o tipo y número de documento, no se encuentra registrada persona alguna", dijo la Sala.
Con ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, quien está encargado del estudio del Código Electoral, el alto tribunal dijo que "tampoco se encontró prueba alguna conforme a la cual Karena Mejía Borda hubiera intervenido en el término de fijación en lista en el expediente".
"De hecho, quien remite el escrito supone que, con ocasión de su solicitud de nulidad, se podría dar reapertura a los términos de orden público previstos para tal fin, con el único objeto de presentar su intervención", dijo la Sala.
La persona que se hace llamar Karena Mejía Borda pidió a la Corte la nulidad del expediente del Código Electoral, que está en examen automático por ser un proyecto de ley estatutaria aprobado por el Congreso.
También pidió tumbar dicha iniciativa por haberse aprobado en sesiones extraordinarias y recusó a los magistrados Alejandro Linares, Gloria Ortiz, Cristina Pardo, Antonio Lizarazo, Alberto Rojas, José Fernando Reyes y Diana Fajardo por haber hecho parte del proceso que terminó en la elección de Alexander Vega como Registrador.
Luego, el 23 de agosto pasado, esta persona remitió a la Corte Constitucional un escrito desistiendo de sus peticiones. "Consideré que se podía acudir a seudónimo por ser una clase de anonimato. Esto por tratarse de un proceso público sobre un tema
democrático y debido a que antes se han aceptado intervenciones de este tipo", dijo.
Esta persona incluso explicó en el escrito allegado a la Corte que su seudónimo está derivado de sus "cantantes favoritos: Karena Lam, Gerardo Mejia y Lidia Borda".
La Sala estimó pertinente remitir copias a la Fiscalía para que, "si hay lugar, inicie la investigación penal por la eventual conducta punible en que su autor pudo haber incurrido, tanto en contra la eficaz y recta impartición de justicia, como en contra de otros bienes jurídicos tutelados".
El pasado 14 de julio, la Sala Plena negó otra recusación presentada en contra del magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar por parte de Edison Pablo Zárate, Martha Camila Páez, Andrés Fabián Moreno y Delio Camilo Zúñiga, que aseguraron que el jurista "ha sido formalista en el trámite" de recursos que han presentado.
La Sala la desestimó en tanto que estas personas "no tienen la condición de intervinientes dentro del presente trámite".
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