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Noticia

Salario mínimo 2024: esta es la fórmula para calcular el pago de las vacaciones en una liquidación

El Ministerio de Trabajo tiene una herramienta que permite hacer la operación.

1.	Más allá de tener claros sus ingresos la revista recomienda realizar una serie de ejercicios o rutinas con el fin de lograr el ahorro a largo plazo. Mantener las finanzas personales fuera de deudas será el primer paso para lograr este ahorro. No olvide reorganizar su presupuesto: Esto se debe hacer después de las vacaciones o de alguna inversión donde se destine mucho dinero. Este paso es importante porque así sabrá con cuánto presupuesto dispone para el último trimestre del año. De esta forma será más fácil evitar el derroche.

La formula para calcular las vacaciones. Foto: iStock

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Al finalizar la relación laboral que existe entre un trabajador y un empleador, la empresa debe hacer la liquidación laboral del empleado. Esta comprende el pago de las prestaciones sociales, las vacaciones, entre otros.

Para ello, el Ministerio de Trabajo tiene una herramienta para generar estimativos de liquidación de prestaciones sociales y simular las provisiones mensuales que los empleadores deben tener en cuenta al contratar un trabajador.
Es importante saber que las “liquidaciones se calculan y efectúa año a año. Por ende, la Calculadora no permite ingresar períodos que superen el año calendario”, informó Mintrabajo.
Foto referencia.

El trabajador tiene derecho a quince días hábiles para dicho descanso. Foto:iStock

¿Cómo calcular el pago de las vacaciones en una liquidación?

Según varios medios especializados, el pago de las vacaciones depende de dos variables: salario del trabajador y tiempo laborado en días.

La fórmula es la siguiente: 

  • Vacaciones: (Salario mensual básico * Días trabajados) / 720.

El número 720 significa los 15 días de vacaciones por cada 360 días trabajados. Recuerde que el trabajador tiene derecho a quince días hábiles para dicho descanso. Según W radio, "en síntesis: el año laboral tiene 360 días conformados por 12 meses de 30 días; se divide entre 720 días porque es el doble de 360, para determinar el medio mes de vacaciones por cada año de trabajo"

‘Mi Calculadora’: Mintrabajo

Ahora bien, el cálculo también se puede realizar a través de ‘Mi Calculadora’. Ingresando al siguiente link: (https://www.mintrabajo.gov.co/atencion-al-ciudadano/tramites-y-servicios/mi-calculadora).

Allí deberá diligenciar el formulario, elegir la opción de visualización y, por último, podrá observar el desglose de cada una de las prestaciones y el pago de las mismas.

Tenga en cuenta que esta herramienta no aplica para: servidores públicos, trabajadores vinculados por un contrato de prestación de servicios de carácter civil, trabajadores que reciben salario integral, es decir más de 10 salarios mínimos, más un factor prestacional equivalente a un 30% del salario recibido, caso en el cual solamente se liquida el descanso remunerado y trabajadores no cobijados por la ley 50 de 1990, que tengan derecho al pago retroactivo de las cesantías”.

Además, “sólo aplica para simular liquidaciones en los eventos en los que el contrato de trabajo termina con justa causa o por cualquiera de las causas legales que no dan origen a indemnizaciones de ninguna índole”.
GERALDINE BAJONERO VÁSQUEZ
Periodista Últimas Noticias EL TIEMPO

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