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Explicativo
¿Están prohibidas las cláusulas de permanencia para servicios de internet y telefonía en Colombia? Esto dice la ley
● Los operadores de servicio deben respetar la decisión del .
● Existen ciertas excepciones para evitar este requisito.
Las cláusulas de permanencia están prohibidas. Foto: iStock
La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), en la Resolución 5111 de 2017, establece que los servicios de telecomunicaciones son: internet fijo, internet móvil, telefonía fija, telefonía móvil y operadores de televisión cerrada; además, esta entidad también es la encargada de regular la relación surgida entre los s y operadores. Las personas pueden desistir en cualquier momento de ellos, ya que no tienen cláusulas de permanencia.
Esta entidad reguladora explica que los servicios de internet fijo, telefonía fija y operadores de televisión cerrada pueden incluir en sus contratos de servicios cláusulas de permanencia mínima, pero no lo pueden hacer con contratos de telefonía móvil, ya que están prohibidas desde el año 2014.
“En ningún caso el operador puede obligarte a firmar un contrato por un tiempo mínimo. Para los servicios de comunicaciones fijas, la cláusula de permanencia mínima solo puede ser incluida cuando la hayas aceptado por escrito y el operador te otorgue un descuento especial o te difiera el pago del valor del cargo por conexión del servicio”, dice la CRC.
Por otro lado, la Confederación Colombiana de Consumidores indica que la cláusula de permanencia solo se puede pactar para planes que ofrezcan cargos por conexión, financiación de equipo o descuentos en el plan, y esta puede llegar a ser de 12, 24 o 36 meses.
Los s tienen derecho a un buen servicio. Foto:iStock
Pero cuando no haya ninguna de estas condiciones, la cláusula de permanencia no podrá ser mayor a un año; luego de este tiempo, el proveedor no podrá cobrar cuotas por concepto de cláusula de permanencia.
“En ese caso, la cláusula solo se puede pactar una vez al inicio del contrato y el periodo de permanencia mínima es máximo por 12 meses. “El operador debe ofrecerte siempre la posibilidad de contratar sin permanencia mínima, informándote el valor del cargo por conexión que tendrías que pagar al inicio del contrato y el valor mensual por el servicio”, explica CRC.
Estas son las excepciones que hay para el pago de las cláusulas de permanencia mínima
Algo que debe tener en cuenta es que los servicios de telecomunicaciones están funcionando de manera continua y cumpliendo con las condiciones de calidad mínimas; si no está en óptimas condiciones, el puede recibir automáticamente una compensación o terminar el contrato, sin la necesidad de pagar los valores que le hayan dicho de la cláusula de permanencia, según el sitio mencionado anteriormente.
El puede cancelar el contrato si los servicios no están en óptimas condiciones. Foto:iStock
Además, podrá cancelar los servicios en los siguientes eventos:
Indisponibilidad del servicio.
Aumento no autorizado en el contrato.
Cambios en los servicios sin previo aviso.
Cláusulas de permanencia no autorizadas.
Decisión del .
Los s están en todo su derecho de cancelar los servicios, ya que la Comisión de Regulación de Comunicaciones lo ha expresado en varios de sus comunicados, amparando a los s.