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Noticia

Exgobernador de Amazonas fue destituido e inhabilitado por Procuraduría tras firmar contrato en pandemia: ¿por qué?

• Jesús Galdino Cedeño fue sancionado por contratar con financiadores de su campaña política.

• La Procuraduría Delegada Disciplinaria de Juzgamiento calificó la falta del exgobernador como gravísima.

PROCURADURÍA Y  Jesús Galdino Cedeño

El exgobernador Jesús Galdino Cedeño por contratos firmados en pandemia Foto: REDES SOCIALES/EL TIEMPO

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La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 12 años a Jesús Galdino Cedeño, exgobernador del departamento de Amazonas, tras comprobar que incurrió en una falta gravísima al celebrar contratos con personas que financiaron su campaña política.
Según el fallo de primera instancia, el exgobernador vulneró el régimen de inhabilidades para firmar un contrato bilateral, en el año 2020, con la empresa Group S.A.S. El objetivo del contrato era el suministro de hipoclorito de sodio granulado, utilizado para atender la emergencia sanitaria derivada de la infección aguda grave causada por el covid-19.
Sin embargo, la Procuraduría dijo que los representantes legales de la empresa contratista habían hecho aportes a la campaña de Galindo Cedeño, superando el 2 % del valor total a financiar por el candidato.
De acuerdo con lo que se lee en el fallo, lo sucedido constituye una inhabilidad clara para contratar, según lo establecido por la ley colombiana en materia electoral y istrativa. Por eso mismo, el Ministerio Público determinó que el exfuncionario incurrió en una conducta sancionable, que afectó la transparencia en la contratación pública e incumplió los principios éticos que rigen el ejercicio de la función pública.
El proceso disciplinario también mostró que, tras asumir el cargo de gobernador, Galdino Cedeño omitió declarar el conflicto de intereses derivado de esa relación económica con la empresa, y permitió que se desarrollara la contratación sin restricciones.

Falta gravísima cometida con dolo

La Procuraduría Delegada Disciplinaria de Juzgamiento calificó la falta del exgobernador como gravísima, cometida a título de dolo, es decir, con conocimiento y voluntad de actuar en contra de la norma.
jJESÚS GALDINO CEDEÑO

El exgobernador vulneró en 2020 el régimen de inhabilidades para firmar un contrato bilateral. Foto:REDES SOCIALES

El fallo indica que Galdino Cedeño debía abstenerse de contratar a personas naturales o jurídicas que hubieran financiado su campaña electoral, precisamente para evitar conflictos de interés y proteger la imparcialidad en la toma de decisiones dentro de su mandato.
Frente a esa decisión, este medio se ó con la Gobernación de Amazonas, pero su respuesta fue que el actual mandatario no emitirá declaraciones sobre el caso por el momento. “Ese tipo de asuntos ya está en manos de entes de control. Nosotros respetamos la autonomía de la Procuraduría, la Fiscalía y la Contraloría”, dijo un vocero de la istración departamental.
También se reiteró que la línea política del gobierno actual es “gobernar sin espejo retrovisor”, en alusión a la intención de no referirse a las actuaciones en istraciones pasadas.
Con la sanción impuesta por el ente, se busca sentar un precedente para evitar que quienes aspiren a cargos públicos utilicen su posición para devolver favores políticos o económicos a sus financiadores. “Los recursos públicos no pueden convertirse en moneda de pago de compromisos de campaña. La ciudadanía merece gobernantes que respondan al interés general y no a intereses privados”, señaló el fallo.
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DANNA VALERIA FIGUEROA RUEDA
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