¿La desconexión laboral aplica para cargos directivos? Esto dice la Procuraduría

El Ministerio del Trabajo le envió a la Corte Constitucional una postura distinta.

Procuradora general, Margarita Cabello. Foto: Procuraduría

Periodista JudicialActualizado:
A la Corte Constitucional llegó una demanda de ciudadanos que piden que se tumbe el literal a del artículo sexto de la Ley 2191 de 2022, la famosa Ley de desconexión laboral.
La petición de las tres personas es que haya una igualdad frente a la desconexión de trabajadores y servidores públicos que ocupen cargos directivos, de confianza y de manejo.
Actualmente, a las personas que desempeñen esos puestos no les aplica la desconexión, que en síntesis significa no ser molestado laboralmente por fuera de las horas destinadas para ello.

¿A qué estarán obligadas las empresas para respetar la ley de desconexión laboral? Foto:iStock

El reparo está en que ese artículo sexto que no cobija a los directivos desconoce, para los demandantes, el derecho a la igualdad y al descanso del trabajador, pues es desproporcionado que unos sí lo puedan tomar y otros no, por el simple hecho de ocupar cargos altos.
El debate en el alto tribunal está en el despacho de la magistrada Diana Fajardo, presidenta de la corporación. Ella estaba esperando que la Procuraduría General de la Nación emitiera su concepto para después pasar a elaborar un proyecto de ponencia.
El concepto de la procuradora general, Margarita Cabello, llegó el pasado 10 de abril, y en él se empieza por precisar que la jornada laboral puede tener unas excepciones debatidas en el Congreso, pues el derecho al descanso no es absoluto y se puede restringir con un equilibrio, es decir, sin incurrir en actos inconstitucionales.
Por eso, el Ministerio Público le dijo a la Corte Constitucional que la demanda al artículo de la Ley 2191 no debe prosperar, es decir, las cosas deben mantenerse como van, sin que los directivos gocen de desconexión laboral como el resto de trabajadores.
¿Por qué? "Porque el desempeño de un cargo de dirección, manejo y confianza es una razón válida constitucionalmente para establecer el trato diferencial entre los empleados públicos y particulares que ocupan dichas posiciones de privilegio y los demás trabajadores".
En otras palabras, para la Procuraduría los cargos directivos constituyen una razón de peso frente a otros, pues la responsabilidad "es de mayor entidad que la originada en funciones corrientes". Esa importancia, entonces, hace que tengan una disponibilidad distinta.

Corte Constitucional 2023 Foto:Corte Constitucional

Sumado a eso, la entidad cree que no es desproporcional tal diferencia, y que con ella no se están afectando los derechos de los trabajadores, como lo dicen los demandantes.
Esta postura de la Procuraduría es distinta a la del Ministerio del Trabajo, que en su concepto explicó que la no adopción de la desconexión para directivos riñe con el derecho que tiene todo trabajador, sea de confianza o no, a descansar.
"A pesar de que estos trabajadores son excluidos de la jornada máxima legal establecida en el Código Sustantivo del Trabajo, lo cierto es que al igual que los demás trabajadores, los trabajadores que ocupan cargos directivos también deben tener asegurado su derecho al descanso", dijo el Ministerio.
Y añadió que "la contestación de la demanda se estructure bajo el presupuesto de solicitarle a la Corte Constitucional que dentro de la sentencia a proferir, se garantice el derecho a la desconexión laboral de los trabajadores que ocupan cargos de confianza y manejo".
Con estas posturas, y otras que han llegado al despacho de la magistrada Fajardo, se espera que el alto tribunal en las próximas semanas debata la demanda.
Carlos López
Redacción Justicia
En Twitter: @CarlosL49
justicia@eltiempo.com

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