Corte Constitucional le ordena a la Corte Suprema que aplique nueva regla sobre el fuero de estabilidad laboral reforzada ¿El fallo beneficia a los trabajadores?
La Corte Constitucional cuestionó que la Corte Suprema le exija a los trabajadores que han sido despedidos que demuestren "una deficiencia física, mental, intelectual o sensorial a mediano y largo plazo".
La Sala Plena de la Corte Constitucional exhortó a la Corte Suprema de Justicia para que modifique su precedente jurisprudencial, es decir, las reglas que venía aplicando en las demandas y tutelas relacionadas con el fuero de la estabilidad laboral reforzada. La orden tiene como propósito que la Corte Suprema aplique la doctrina que está implementando desde el año 2017 el tribunal constitucional.
"Exhortar a la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral y a sus salas de descongestión, a modificar su precedente en relación con el alcance y contenido del derecho fundamental a la estabilidad laboral reforzada, de acuerdo con lo señalado en el precedente constitucional", advierte un fallo que tumbó una decisión de la Corte Suprema que aplicó mal el precedente.
El fuero de estabilidad laboral reforzada protege a los trabajadores de manera especial, ante situaciones de despido, en los casos en los que se evidencia que hay una disminución de la capacidad laboral. Este fuero es analizado por los jueces en las demandas que presentan los trabajadores despedidos cuando pretenden un reintegro o una indemnización.
El tribunal constitucional cuestionó que la Corte Suprema le exigiera a una mujer que acreditara que tenía una pérdida de capacidad laboral superior al 15% al momento del despido. El fallo, con ponencia del magistrado Vladimir Fernández, advierte que esta no es el único requisito para activar el fuero.
"La Sala Plena constata que, pese a existir un precedente constitucional pacífico y uniforme que reconoce el derecho fundamental a la estabilidad laboral reforzada a personas en situación de debilidad manifiesta por su condición de salud, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia y sus salas de descongestión, han venido exigiendo la existencia de una deficiencia física, mental, intelectual o sensorial a mediano y largo plazo, en lugar de verificar si al momento del despido el trabajador se encontraba en una condición de salud que le impidiera o dificultara sustancialmente el desempeño de sus actividades. Por esa razón, resulta necesario exhortarlas a modificar dicha postura y adecuarla al precedente constitucional", dice la decisión.
Fallo de la Corte protege a los trabajadores con debilidad manifiesta. Foto:iStock
La postura de la Corte Constitucional beneficia a los trabajadores que padecen afecciones de salud relacionadas con sus trabajos y no cuentan con certificados de disminución de la capacidad laboral moderada, severa o profunda, es decir igual o superior al 15%.
"En aplicación del precedente constitucional fijado en las sentencias SU-049 de 2017 y SU-087 de 2022, para efectos de determinar si el trabajador es titular de la estabilidad laboral reforzada no es determinante establecer el tipo de limitación y el grado o nivel de la misma, sino que se requiere la acreditación de una afectación a la salud que le impida o dificulte de manera significativa el normal desarrollo de sus actividades al trabajador, el conocimiento previo del empleador de esa situación y la terminación del vínculo laboral sin justificación", dice el fallo.
El caso de la Corte Suprema que tumbó la Corte Constitucional
La Corte Suprema de Justicia falló en contra de una mujer que trabajó como violinista en la Asociación Nacional de Música Sinfónica que presentó una demanda de ineficacia de su despido, efectuado en el año 2012.
La mujer desarrolló síndrome del túnel del carpo bilateral, bursitis de hombro izquierdo, discopatía cervical y otras patologías que, según la Corte, dificultaban el
desarrollo de su labor.
La decisión de la Corte protegió a la mujer, tumbando los fallos que le fueron adversos. "Aquella adelantó un extenso proceso judicial durante casi 10 años y, en la actualidad, es una mujer de 60 años que no cuenta con un ingreso mensual fijo para cubrir sus gastos, dado que las patologías que le fueron diagnosticadas le impiden tocar el instrumento musical que era su fuente de sustento", dice la decisión.
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