El Consejo de Estado itió para estudio una demanda presentada por Dejusticia contra la Resolución 810 de 2021 que reglamentó la llamada ‘ley de comida chatarra’ en cuanto al etiquetado de alimentos ultraprocesados, que establece que se debe advertir con etiquetas frontales sobre los contenidos en grasas y sodio que estos tienen.
Según Dejusticia, la resolución habría creado disposiciones contrarias al espíritu de la ley, pues no habría suficiente evidencia científica sobre el sello circular que se aprobó. Esa resolución establece que los sellos deben decir “alto en azúcares”, “alto en sodio” o “alto en grasas saturadas”.
Ejemplo de sellos frontales de advertencia. Foto:Andi
Para la organización, los sellos circulares no son sólidos en evidencia en comparación con el etiquetado octagonal usado en países como Perú, Chile, Uruguay y México. Por eso, citó un estudio realizado por las universidades Nacional y Javeriana sobre la mejor aceptación de un sello octagonal.
“La Resolución permite que los productos lleven declaraciones de salud como ‘alto en vitaminas’ o ‘buena fuente de calcio’. Esto es problemático porque le envía un mensaje confuso al consumidor, ya que esas declaraciones podrían aparecer en paquetes que también llevan sellos de advertencia”, añadió Dejusticia en un comunicado.
En su criterio, la Resolución "permite usar sellos positivos que terminarían promoviendo el consumo de productos con saborizantes, conservantes y otros aditivos, cuyo consumo reiterado podría tener efectos perjudiciales”.
Además, estiman que la regulación es laxa porque mientras “la OPS recomienda ponerle el sello 'exceso de sodio' a una bebida a partir de los 100 mg por cada 100 ml de este componente, en Colombia llevaría el sello solo desde los 150 mg por 100 ml”.
Y cuestionan que se habrían acogido en la resolución “las sugerencias que hizo la industria en aspectos como la forma y leyenda del etiquetado, el sello positivo y el tiempo de implementación”.
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