El Consejo de Estado acaba de fallar en favor Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam) al condenar a la la Aeronáutica Civil (Aerocivil) a pagarle dineros que le adeuda por la prestación del servicio de información meteorológica que esta última ha venido ejecutando desde el año 2008.
De acuerdo con la Sección Tercera del alto tribunal, la decisión obedece “a la resolución de una demanda de reparación directa” que interpuso el Ideam, por considerar que su contraparte “no había atendido una obligación que le era jurídicamente exigible para pagar estas prestaciones”.
Según la corporación, en virtud de un convenio interistrativo, celebrado desde 1990, “las dos entidades se comprometieron a aunar esfuerzos para garantizar el servicio meteorológico de manera continua, y el Ideam venía efectuando esta prestación”.
A lo largo del proceso la aeronáutica insistía en la gratuidad del servicio, pero el Consejo de Estado “encontró que existía una obligación legal de parte de la Aerocivil para incluir el cálculo para el pago de esos servicios al Ideam, que venía siendo desatendida desde 1994”.
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La Sección Tercera determinó que la entidad demandada había incumplido una obligación, de origen legal, desde 1994, lo anterior luego de definir el origen y la naturaleza de la obligación en disputa.
Así las cosas, la sala estableció que la Aerocivil debe pagarle al Ideam los dineros correspondientes a los servicios que este le ha prestado únicamente desde la vigencia fiscal de 1998.
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