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Juez frenó la Resolución 110 en temas de extracción en reservas forestales

La senadora Angélica Lozano fue la que tuteló la resolución que cambiaba la Ley 2da de 1959.

Paisaje cafetero de la Sierra Nevada de Santa Marta. Al fondo, la Ciénaga Grande.

Paisaje cafetero de la Sierra Nevada de Santa Marta. Al fondo, la Ciénaga Grande. Foto: Hugo Wecxsteen. WWF Colombia

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PERIODISTA DE MEDIOAMBIENTE Y SALUDActualizado:

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Un juez de la República suspendió de manera temporal y durante cuatro meses la resolución 110 de 2022, presentada por el Ministerio de Ambiente. La normativa había causado revuelo entre ambientalistas porque facilitaba el desarrollo de actividades extractivas en zonas de reserva forestal que si bien no son áreas protegidas, sí son zonas de gran importancia ecosistémica.
El hecho se dió luego de que la senadora Angélica Lozano presentara una acción de tutela para "evitar que perjudiquen las reservas forestales, mientras otras acciones judiciales contra la resolución avanzan".
"La resolución, que reglamenta la sustracción en reservas forestales, viola el debido proceso que justamente evita acciones arbitrarias, imposiciones como esta que no tienen justificación. El Ministerio de Ambiente se saltó al Congreso y se autofacultó para burlar la ley a través de una resolución. Desde el Congreso negamos la destrucción de las reservas forestales, pero la resolución (que no es ley) podría vulnerar zonas ambientalmente protegidas", aseguró la senadora Lozano.
En su fallo, según la senadora, el juzgado sexto del circuito resaltó que están en riesgo zonas de reserva que son las principales fuentes de agua del país y el sustento de varias regiones y que la resolución afectaría la salud, el al agua, a la seguridad alimentaria y al ambiente sano.

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Además consideró suspender transitoriamente la aplicación de la resolución del Ministerio de Ambiente hasta que haya un estudio serio que determine la afectación ambiental que pueda tener.
Y por ende, ordenó, "la suspensión de la aplicabilidad de la Resolución No. 110 de 2022, emitida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y los efectos que de ella se desprendan de manera provisional y a prevención por el termino de 4 meses o hasta que se emita orden en contrario por parte el Tribunal istrativo de Cundinamarca o por el Consejo de Estado de acuerdo a los radicados 2022-00109 y 2022- 00149 respectivamente”. 
La senadora Lozano celebró la decisión y aseguró que la resolución violaba los derechos de millones de colombianos. "Cuatro meses suspendido hasta que el Consejo de Estado defina de fondo. Ministro de Ambiente esto es una ilegalidad que usted cometió de frente contra Colombia y ganamos, paramos su abuso de poder", enfatizó la senadora.

¿Qué es una reserva forestal?

Es importante señalar que la Ley 2da de 1959 creó las zonas de reserva forestal. En ella se “dictan se dictan normas sobre economía forestal de la Nación y conservación de recursos naturales renovables”.
La normativa establece 7 áreas de reserva forestal que comprenden un total de 48.345.845, entre las que se encuentran áreas que comprenden el Cocuy; la Sierra Nevada de Santa Marta; la zona central del país; la serranía de los Motilones; el río Magdalena; la zona del Pacífico; y dos partes de la Amazonía colombiana.
“Las siete (7) áreas de reserva forestal constituidas mediante la expedición de la Ley 2a de 1959, están orientadas para el desarrollo de la economía forestal y protección de los suelos, las aguas y la vida silvestre. No son áreas protegidas, sin embargo en su interior se encuentran áreas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP) y territorios colectivos”, destaca el Ministerio de Ambiente en su página web. 
Según ambientalistas la Resolución 110 facilitaba la acciones extractivas en estas zonas, algo que el ministerio de Ambiente ha negado en repetidas ocasiones.
REDACCIÓN MEDIOAMBIENTE

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