La resolución 223 del
Ministerio de Salud, expedida la semana pasada, actualizó muchos de los protocolos que instauró el país hace cerca de un año y que, si bien estaban pensados para contener el nuevo coronavirus, eran poco efectivos.
Este documento, en concreto, modifica la resolución 666 del 2020, mediante la cual se adoptó el protocolo general de bioseguridad para mitigar y manejar el covid-19.
Una de las principales consideraciones que hace la resolución es que en este tiempo la ciencia ha podido comprobar que “los aerosoles en espacios interiores mal ventilados son una de las causas que contribuye a la transmisión del virus, junto con los mecanismos de transmisión por gotas y por o”.
En ese sentido, las medidas de bioseguridad básicas que se mantienen son el lavado de manos, el distanciamiento físico y el uso de tapabocas, y se les suma una adecuada ventilación de espacios.
Respecto al distanciamiento físico se aclara que se debe guardar un espacio de dos metros entre las personas, sobre todo cuando se comparte con individuos ajenos al grupo familiar. Por esa razón, tanto empresas como establecimientos públicos de comercio deben tener aforos máximos.
Sobre la ventilación, la resolución indica que siempre que sea posible se deben mantener puertas y ventanas abiertas para lograr intercambio de aire natural. Y cuando se trate de ambientes de trabajo, estos deben tener un alto flujo de aire natural y, si es el caso, se deben hacer adaptaciones, se tienen que mantener los grupos de empleados separados en tiempo y lugar y favorecer las actividades al aire libre.
Llama la atención en que los aforos máximos de todos los lugares de trabajo deben estar definidos a partir de evaluaciones de las condiciones específicas de ventilación, sin dejar de reforzar el pedido sobre el distanciamiento físico y favorecer, hasta donde sea posible, actividades de trabajo y de bienestar en espacios abiertos.
En el mismo sentido, la resolución del Ministerio es clara en que los descansos deben llevarse a cabo principalmente en espacios exteriores. “Cuando los descansos se realicen en lugares cerrados se deben mantener puertas y ventanas abiertas”, anota la resolución.
De manera, puntual, el Ministerio hace recomendaciones para los espacios cerrados en los que además de la ventilación natural con puertas y ventanas se puedan usar ventiladores sin recirculación del aire. Y en el caso de utilizar equipos de aire acondicionado se debe impedir que estos permitan el reciclaje del aire porque puede favorecer el transporte de aerosoles con el virus.
En otros puntos, si bien se recomienda la desinfección permanente de superficies en los lugares de trabajo, la resolución es clara en que “no se recomienda el uso de tapetes desinfectantes ni la desinfección de ruedas o zapatos para la reducción de la transmisión”, que fueron prácticas vistas a lo largo de la pandemia en el país y carentes de evidencia científica.
En la resolución, el ministerio señala que la toma de temperatura para ingresar a lugares públicos o privados ya no es una obligación.
UNIDAD DE SALUD