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Estos serán los servicios de salud financiados con recursos de la UPC

Se trata del Plan de Beneficios en Salud al que tienen derecho los colombianos en el año 2023.

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Dinero EPS Foto: iStock

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PERIODISTA DE SALUDActualizado:

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El Ministerio de Salud y Protección Social, aprobó  a través de la resolución 2808 de 2022 los servicios y tecnologías de salud financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC), que se conocen generalmente como el Plan de Beneficios en Salud al que tienen derecho los colombianos en el 2023.
Estos servicios deberán ser garantizados por las entidades promotoras de salud (EPS) y las entidades adaptadas. Asimismo, las disposiciones contenidas en la resolución aplican a los organismos de dirección, vigilancia y control del Sistema General de Seguridad Social en Salud, prestadores de servicios de salud, a la a de los Recursos de Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres) y demás actores y agentes que intervienen en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Dispositivos médicos

De acuerdo con el documento, las EPS y entidades adaptadas deben garantizar todos los dispositivos médicos, lo que incluye insumos y suministros como el material de sutura, osteosíntesis y de curación.
Estos materiales deben suministrarse sin excepción, puesto que son necesarios e insustituibles para la prestación de los servicios y tecnologías de salud financiados con recursos de la UPC, en el campo de la atención de urgencias, atención ambulatoria o atención con internación, salvo que exista excepción expresa para ellas.

Traslado de pacientes

Los servicios y tecnologías de salud financiados con recursos de la UPC incluyen el traslado acuático, aéreo y terrestre (en ambulancia básica o medicalizada), en los siguientes casos:
 - Movilización de pacientes con patología de urgencias, desde el sitio de ocurrencia de la misma, hasta una institución hospitalaria, incluyendo el servicio prehospitalario y de apoyo terapéutico en ambulancia.
 - Entre IPS dentro del territorio nacional de los pacientes remitidos, teniendo en cuenta las limitaciones en la oferta de servicios de la institución en donde están siendo atendidos, cuando requieran de atención en un servicio no disponible en la institución remisora, incluyendo, para estos casos, el traslado en ambulancia en caso de contrarreferencia.
 - El servicio de traslado cubrirá el medio de transporte disponible en el sitio geográfico donde se encuentre el paciente, con base en su estado de salud, el concepto del médico tratante y el destino de la remisión, de conformidad con la normatividad vigente.

Atención Primaria en Salud

La Resolución asegura que estos servicios en salud se garantizarán de manera integrada con los demás componentes de la estrategia de Atención Primaria en Salud, incluidos los equipos básicos de salud territorial que hacen parte de la misma. Esto tiene el objetivo de avanzar hacia un modelo de atención en salud con enfoque preventivo. 
Para la integración de los equipos básicos de salud territorial se definirá de manera previa, y con la concertación que garantice la adecuada ejecución de los recursos de la UPC, las previsiones técnicas que deberán aplicarse, teniendo en cuenta las necesidades de cada territorio.
Según el documento, lo anterior será implementado de manera gradual y progresivo, iniciando por la población más pobre y vulnerable del país. Asimismo, se tendrán en cuenta otros criterios pertinentes, de acuerdo con las recomendaciones generales que emita la Comisión Asesora de Beneficios, Costos, Tarifas y Condiciones de Operación del Aseguramiento en Salud.

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