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Noticia
'El fast track es inconstitucional': Álvaro Uribe vuelve a mostrar rechazo a propuesta del presidente Petro
El expresidente reiteró que es "un abuso violador de la Constitución".
Álvaro Uribe y Gustavo Petro Foto: Archivo particular
En la mañana de este lunes, 15 de julio, el expresidente Álvaro Uribe Vélezvvolvió a mostrar una posición distante la propuesta de ‘fast track’ que el presidente Gustavo Petro lanzó ante el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
"El fast track es inconstitucional. El fast track, procedimiento abreviado, de menor cantidad de debates adoptado por el Congreso para la modificar la Constitución durante el Acuerdo con la Farc, se constituyó en un abuso violador de la Constitución", escribió el líder del Centro Democrático en su cuenta de X.
Uribe aseguró que si a alguien le delegan una función y le definen los instrumentos para cumplirla, ese delegatario "incurrirá en un abuso" si modifica los instrumentos.
El ‘fast track’ fue un mecanismo usado en 2016 para ajustar el orden normativo colombiano al acuerdo de paz. Este mecanismo buscaba darles prelación a los proyectos relacionados con el acuerdo. En cuanto a las reformas constitucionales, acortó su trámite de ocho debates -dos vueltas por cada cámara- a solo cuatro –una sola vuelta-. Además, disminuyó a una sola semana el paso de Cámara a Senado y viceversa de los proyectos. Es decir, mientras que un acto legislativo normalmente tomaba un año, este mecanismo llevó a que cambios en la Constitución se hicieran en poco menos de un mes.
En el acto legislativo se dejó claro que solo sería por seis meses, aunque se podría prorrogar por seis más, figura a la que tuvo que recurrir el gobierno en mayo de 2017.
El canciller Luis Murillo; la directora del Dapre, Laura Sarabia, y el presidente Gustavo Petro, en el Consejo de Seguridad de la ONU. Foto:Presidencia
Sectores políticos advierten que con este mecanismo el Presidente intentaría imponer puntos de su agenda y que ahora muestra como imprescindibles para cumplir el acuerdo de paz.
"Imposible aceptar la exequibilidad del fast track si además se tiene en cuenta que la Constituyente del presidente Alfonso López Michelsen fue declarada inexequible por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. En efecto, de acuerdo con el plebiscito que regía antes de la Constitución de 1991, el Congreso tenía la competencia exclusiva para reformar la Constitución. Por iniciativa del Presidente López Michelsen el Congreso aprobó convocar una pequeña Asamblea Constituyente para reformar la Justicia y el Ordenamiento Territorial. La Corte dijo que el Congreso no podía delegar su competencia de reformar la Constitución. Eso significó que los instrumentos, o el procedimiento, que la Constitución le señalaba al Congreso para ejercer su competencia de modificación Constitucional, no podían ser variados por el Congreso. Y ahora otra vez con el dañino Fast Track, con los mismo actores y otros ocultos", concluyó Uribe.