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Noticia
¿Qué tipo de preguntas hacen en una consulta popular, mecanismo anunciado por presidente Petro por reformas?
El mandatario anunció la medida a través de una alocución tras virtual hundimiento de la reforma laboral.
El mandatario anunció que recurrirá a esta figura para que se discutan sus reformas Foto: Presidencia/ Registraduría
Durante la tarde de este martes 11 de marzo, horas después de la radicación de la ponencia negativa de la reforma laboral, que representó su virtual hundimiento, el presidente Gustavo Petro se pronunció a través de una alocución y anunció un mecanismo de participación ciudadana para decidir sobre el futuro de las iniciativas del Gobierno.
Así lo afirmó el mandatario, quien convocó lo conocido como una 'consulta popular' con el propósito de resolver qué pasará con dos de las reformas que se tienen en juego actualmente: la de la salud y la laboral.
"El bloqueo institucional se le responde con democracia real y la decide el pueblo. El Gobierno va a convocar a una consulta popular para decidir sobre la reforma laboral y sobre la reforma de la salud. Que sea el pueblo el que decida. Las leyes determinan cómo se convoca y qué tiempos tienen para hacer una consulta popular. Vuelve a pasar por el Senado, pero ya no en una comisión de ocho, sino en plenaria", señaló el jefe de Estado en una primera intervención.
Consulta anticorrupción 2018 Foto:EL TIEMPO
El mandatario tomó la decisión de recurrir a la figura ante la noticia de que la Comisión Séptima de Senado firmó la ponencia de archivo de la reforma laboral. Ahora, por medio de dicha medida, le pidió a los ciudadanos elegir acerca de los proyectos propuestos al Congreso de la República.
De acuerdo con la página de la Registraduría Nacional, el mecanismo funciona al "elevar una pregunta de carácter general sobre un tema de trascendencia nacional, departamental, distrital, municipal o local", la cual, según se explica, es hecha por los ciudadanos o por el presidente, gobernador o alcalde y es puesta a "consideración del pueblo para que este se pronuncie en las urnas".
Se debe resaltar que el mecanismo está consagrado en el artículo 103 de la Constitución como otra de las formas de participación del pueblo en "ejercicio de su soberanía", como lo son el voto, plebiscito, referendo, cabildo abierto, iniciativa legislativa y revocatoria del mandato.
La 'consulta', por su parte, podrá cuestionarle a los ciudadanos sobre temas de trascendencia nacional y que no "impliquen modificación a la Constitución Política".
¿Qué tipos de preguntas se hacen en una consulta popular?
El presidente Gustavo Petro convocó a una consulta popular Foto:Jaime Moreno / Archivo EL TIEMPO
El Banco de la República explicó que las consultas se pueden hacer ya sea de forma nacional o regional y que, a consecuencia, cada una tiene sus propios requisitos a tomar en cuenta.
En el caso de ser elevada a nivel distrital, departamental, municipal o local, la convocatoria es hecha por gobernadores o alcaldes, sin la necesidad de que el Congreso las respalde, lo contrarío si es realizada con el carácter nacional, cuando es necesario contar con el previo aval del Congreso y que esté respaldada por todos los ministros.
Sobre las preguntas y el tipo de estas, la ley deja claro que las mismas deben ser "redactadas en forma clara, de tal manera que puedan contestarse con un 'SÍ' o un 'NO'". Tenga presente que no pueden tramitarse a través de este mecanismo "proyectos de articulado, ni tampoco la convocatoria a una asamblea constituyente".
Por lo pronto, el Senado tiene 30 días para dar su concepto de la consulta presentada por el Presidente y, si es aprobada, la votación deberá llevarse a cabo en los cuatro meses siguientes.
El jefe de Estado se refirió al tema en una segunda alocución e indicó que la "consulta popular es obligatoria una vez pase por la plenaria del Senado. Se realiza hasta dentro de tres meses y el Senado tiene un mes para decidir. Le pido a los partidos políticos no hacer caso del rico, sino, como ordena la Constitución, del interés general de la sociedad de Colombia".
La ley, por su parte, indica que para garantizar que la decisión del pueblo se aplique, las entidades tendrán tres meses para ejecutar lo elegido en las votaciones.
"En caso de que esto no suceda, el Senado está obligado a hacer lo necesario para que dicha decisión popular sea ejecutada. Ahora bien, en el caso remoto de que lo anterior no se cumpla, el presidente de la República, el gobernador o alcalde deberán, en un plazo no mayor a tres meses, ejecutarla por medio de un 'Decreto de fuerza de ley'", se lee desde la página antes citada.
Hay que destacar que en las consultas podrán votar todos los colombianos mayores de 18 años que estén inscritos en el censo electoral, ya sea si viven dentro del país o en el exterior. Los últimos podrán ejercer su derecho en los consulados y embajadas.