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Noticia
Aunque existe decreto firmado para dejar a Benedetti como delegatario, Gustavo Petro se echó para atrás
A pesar de que hay un decreto firmado, aseguró que su delegatario será el ministro de Salud.
Los ministros Armando Benedetti y Guillermo Alfonso Jaramillo. Foto: Presidencia
El presidente Gustavo Petro se echó para atrás en su decisión de dejar a Armando Benedetti como ministro delegatario mientras se encuentra en su visita de Estado a China. A través de un trino aseguró que dejará en dichas labores a Guillermo Alfonso Jaramillo, a quien ha designado en sus últimos viajes.
El hecho es llamativo en cuanto a que el mandatario aseguró que los medios de comunicación estaban mintiendo en cuanto al encargo hecho al actual del ministro del Interior: "Que pena desmentirlos. Quien me reemplazará es la persona que lo ha hecho en la mayoría de las veces cuando salgo del país: Guillermo Alfonso Jaramillo". Sin embargo, hay documentación oficial que lo contradice.
El decreto que designa a Armando Benedetti publicado en el diario oficial. Foto:Diario Oficial
Hay un decreto, el 0499 de 2015, que deja muy claro que se delegarán en Benedetti algunas de las funciones presidenciales y este viene firmado por el primer mandatario. Aunque no ha sido publicado en el repositorio de decretos del Dapre, ya fue incluido en la última edición del Diario Oficial, por lo que tiene total validez.
"Por el tiempo que dure la ausencia del presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente decreto, deléguense a partir del 10 y hasta el 17 de mayo de 2025 las funciones legales y unas funciones constitucionales en el seño ministro del Interior, doctor Armando Alberto Benedetti Villaneda", dice el decreto controvertido por el Presidente.
El hecho es que dicho decreto fue firmado por el propio mandatario, por lo que llama la atención que este decida "desmentirlo". Queda en el aire la duda de si este firmó sin darse cuenta o cuáles fueron las razones por las que decidió echarse para atrás en la determinación.
El trino del presidente Gustavo Petro. Foto:@PetroGustavo
Una movida extraña
La designación de Benedetti fue muy llamativa. Normalmente, el mandatario ha dejado como encargado de sus funciones a Guillermo Alfonso Jaramillo, ministro de Salud, y antes de eso al exministro de Hacienda Ricardo Bonilla. Hubo un tiempo en que también estuvo la exministra de Trabajo Gloria Inés Ramírez entre las designadas.
El decreto, desautorizado por el mandatario a los pocos minutos, no era común debido a que, según la Constitución, el ministro debe venir del mismo partido del primer mandatario y no se conoce una militancia de Armando Benedetti en las colectividades que avalaron a Gustavo Petro.
Este es Ricardo Bonilla, exministro de Hacienda. Foto:Archivo particular
De acuerdo con la carta magna, el ministro delegatario asumirá algunas de las funciones presidenciales mientras este no se encuentre en el país. Esta designación se fundamenta en el acto legislativo número 1 de 1977, que establece que “cuando el presidente de la República se traslade a territorio extranjero en ejercicio del cargo, el ministro a quien corresponda, según el orden de precedencia legal, ejercerá, bajo su propia responsabilidad, las funciones constitucionales que el presidente le delegue. El ministro delegatario pertenecerá al mismo partido del presidente".
Cada Presidente define cuáles funciones delega mientras su ausencia y quedan consignadas en el respectivo decreto en el "cual se delegan funciones legales y unas funciones constitucionales". Según el actual decreto, si sigue en firme, Benedetti podrá ejercer competencias como dar autorización para que servidores públicos puedan firmar contratos o aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales (Artículo 129).
El ministro Armando Benedetti Foto:NESTOR GOMEZ/EL TIEMPO
También tiene la capacidad de convocar a sesiones extraordinarias del Congreso (artículo 138), poner mensaje de urgencia a los proyectos (artículo 163); sancionar leyes (artículo 165), objetar leyes (artículo 166), guiar la relación con las distintas ramas del poder (artículos 200, 201 y 202), declarar los estados de conmoción (artículos 213, 214 y 215), y destituir gobernadores y alcaldes (artículos 303, 304, 314 y 323).
También el decreto le delegó a Benedetti todas las funciones que la Constitución le entrega al Presidente, consagradas en el artículo 189 -salvo dirigir las relaciones internacionales- y ejercer las facultades extraordinarias del Presidentre establecidas en el artículo 150.
Puede ver:
Análisis: Captura de los expresidentes del Congreso Foto: