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‘Los abusadores y asesinos de menores serán perseguidos de por vida’
El congresista César Lorduy explicó en qué consiste el proyecto que reglamenta la cadena perpetua.
El Congreso aprobó modificar el artículo 34 de la Constitución, que prohíbe la prisión de por vida, y estableció que esa pena aplica en crímenes contra menores. Foto: Rodrigo Sepúlveda. Archivo EL TIEMPO
Tan pronto el presidente Iván Duque firme el proyecto que reglamenta la cadena perpetua para violadores y asesinos de menores, los jueces en el país podrán empezar a aplicar, si lo consideran, esta pena.
Así lo explicó el congresista César Lorduy, quien fue promotor de esta iniciativa en el Congreso, la cual indica que los abusadores de menores a los que se les imponga cadena perpetua, si bien tendrán derecho a una revisión de su condena y a que eventualmentese les modifique la pena, no podrán quedar libres sin pagar como mínimo 50 años de cárcel.
De acuerdo con el congresista, se establece que cuando a alguien se le imponga cadena perpetua, automáticamente esta debe ser objeto de control del superior jerárquico al juez que tomó la decisión.
¿Cuándo podrán los jueces empezar a aplicar esta pena?
Jurídicamente solo se podrá una vez que el Presidente de la República promulgue la ley. Asumo que con el liderazgo ha tenido el Gobierno, seguramente el Congreso le corresponderá y le enviará el texto lo más pronto posible.
¿Al final quedó establecido que los condenados a esta pena podrían quedar libres a los 25 años?
La propuesta inicial planteaba una revisión de la pena a los 25 años y daba la impresión de que a partir de allí las personas podían quedar en libertad. Pero esto se modificó y quedó establecido que se hará la revisión a los 25 años, pero el condenado, si cumple con los requisitos establecidos por la ley para esa revisión, solo podrá quedar libre cuando cumpla la totalidad de la pena que tendría por los delitos cometidos si no se le hubiese condenado a cadena perpetua.
Por ejemplo, si un condenado cometió delitos cuya pena suma 50 años pero se le impuso la cadena perpetua y luego de la revisión se le levanta esta prisión perpetua, sólo podrá quedar libre una vez cumpla los 50 años de prisión.
César Lorduy Foto:César Lorduy
¿Entonces para qué es la revisión?
La prisión perpetua es perpetua, lo que pasa es que si en la revisión el juez determina que hubo resocialización, se le levanta la condena de cadena perpetua y queda con la pena máxima que tienen los delitos cometidos, que en la mayoría de los casos supera los 30 o 40 años.
Pero si no cumple las condiciones, seguirá con cadena perpetua.
¿Se permite algún tipo de redención o beneficio a los condenados a cadena perpetua?
No. La prisión perpetua no tiene beneficios istrativos.
¿Esta pena aplica inmediatamente a todos los violadores y asesinos de menores?
Aplica hacia adelante, es decir, por hechos que ocurran en posterioridad a la promulgación de la ley.
¿Pero en adelante a todos los abusadores y asesinos de niños se les aplicará cadena perpetua?
Es a criterio del juez, que tendrá que hacer una ponderación. Pero esta es una más de las penas que tendrá el ordenamiento jurídico colombiano, más no es la única.
El proyecto habla de imprescriptibilidad de la acción penal de los delitos sexuales contra menores. ¿A qué se refiere?
Significa que el hecho puede ocurrir mañana, pero puede conocerse o abrirse investigación en cualquier momento, dentro de 20 años o más. Es decir, los abusadores y asesinos de menores no tendrán ni perdón ni olvido. Los abusadores y asesinos de menores serán perseguidos de por vida.